Principios del Procedimiento Administrativo: Guía Completa

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Principios del Procedimiento Administrativo

Principio de Legalidad

La Administración actúa con sometimiento pleno a la ley y al derecho. Este principio se refiere al sometimiento de la Administración no solo al bloque de legalidad, sino a todo el bloque normativo, incluyendo los reglamentos.

Principio de la inderogabilidad singular de las disposiciones administrativas de carácter general: impide que la Administración, mediante actos singulares, pueda exceptuar la aplicación de una disposición general.

Principio de derecho transitorio: un procedimiento iniciado bajo una cierta normativa ha de tramitarse y resolverse con arreglo a esta.

Principio de Contradicción

La Administración no puede tomar decisiones que afecten a los ciudadanos sin la participación de estos. Este principio garantiza que toda persona interesada pueda defender sus intereses, aportando pruebas y alegando lo que crea conveniente. Se une al principio de igualdad cuando existan varios interesados con posiciones enfrentadas.

Principio de Economía Procedimental

Art. 75: se juntarán en un solo acto todos los trámites que, por su naturaleza, admitan una impulsión simultánea y no sea obligado su cumplimiento sucesivo.

Art. 73: se pueden acumular los expedientes que guarden identidad sustancial o íntima conexión.

Principio de Oficialidad o Inquisitivo

El procedimiento administrativo se impulsa de oficio en todos sus trámites. La Administración tiene que llegar a la decisión final sin necesidad de que los particulares lo tengan que solicitar en cada fase.

Principio In dubio pro actione

En caso de duda, hay que llegar a la interpretación más favorable que más convenga al particular, para que prospere el recurso y se pueda tramitar. El error en la calificación del recurso no implica su inadmisión a trámite. El órgano administrativo tiene que avisar al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta.

Principio de Eficacia y Seguridad Jurídica

Es una garantía para el administrado, que tiene que tener conocimiento del estado de sus expedientes en los que tenga la condición de interesado. El Tribunal Constitucional ha dicho que es un principio protegido de rango inferior al de igualdad.

Principio de Congruencia

La resolución que ponga fin al procedimiento ha de resolver todas las cuestiones planteadas por los interesados, incluso las derivadas de estas. La resolución tiene que ser congruente, sin que en ningún caso pueda agravar su situación inicial (prohibición de la “reformatio in peius”).

Principio de Imparcialidad

La Administración debe tener objetividad (neutralidad ideológica respecto a lo establecido en las normas que debe cumplir) y debe ser imparcial mediante las técnicas de abstención (art. 28) y recusación (art. 29). No deben tener interés personal en el asunto, parentesco, amistad íntima o enemistad, ni haber intervenido como perito o testigo en el procedimiento.

Principio de Publicidad y Transparencia

Los interesados pueden conocer en cualquier momento el estado de la tramitación de los procedimientos y obtener copias de documentos. Pueden saber: el acceso a los archivos y registros, el trámite de vista y audiencia, el trámite de información pública.

Principio de Prueba Tasada

Los hechos relevantes para la decisión de un procedimiento pueden acreditarse o ser rechazadas las “manifiestamente improcedentes o innecesarias mediante resolución motivada”. El Tribunal Supremo le da libertad a la Administración para decidir sobre los hechos que se quieren probar y si son o no adecuados a los medios de defensa de los interesados.

Principio de Antiformalismo

El procedimiento para elaborar un acto administrativo o una disposición general es una garantía para los administrados y la Administración. Los límites de este principio son el principio de legalidad y el de derecho de defensa que han de gozar los interesados.

Principio de Orden Público

Las normas reguladoras de los procedimientos administrativos son imperativas, indisponibles a la voluntad de las partes, por lo que son de oficio, cuando se hubiera prescindido del procedimiento legalmente establecido.

Principio de Gratuidad

Los principios administrativos son gratis; se pagan los que se hagan después de la práctica de la prueba propuesta por el interesado. Las tasas de los procedimientos administrativos se harán según lo que ponga en la norma que los regule.

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