Principios y Valores en la Constitución Española: Un Estudio Detallado
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Principios y Valores en la Constitución Española
Las Normas Constitucionales
A) Los principios constitucionales
Es preciso distinguir aquí entre principios generales del Derecho y principios generales constitucionales.
- Los principios generales del Derecho manifiestan el sentido y la finalidad misma del ordenamiento jurídico. Desarrollan una triple función:
- Son fundamento del ordenamiento jurídico.
- Son criterios orientadores de la labor interpretativa.
- Son fuente supletoria en caso de insuficiencia de la ley y la costumbre, tal y como se establece en el artículo 1.1 del Código Civil.
- Los principios constitucionales se derivan de la Constitución. Por lo tanto, tienen rango constitucional y no legal, y a ellos se someten tanto el legislador como los principios generales del derecho. No regulan directamente una materia, establecen orientaciones generales que deben seguirse en todos los casos, es decir, aportan criterios con relación a la aplicación del resto de las normas, son normas necesitadas de concreción por el legislador.
B) Las normas programáticas
Se refieren a los fines político-sociales del ordenamiento jurídico, fines que deben perseguirse a través de la actividad normativa. Estas normas regulan la actividad estatal dirigida al desarrollo de una materia, prescribiendo la consecución de determinados fines. En ocasiones también determinan, en términos genéricos, los medios que deben utilizarse por los poderes públicos para la realización de dichos fines, limitando de esta manera la capacidad discrecional del legislador.
Los Valores Superiores del Ordenamiento
A) El preámbulo de la Constitución
El Preámbulo de la CE, en principio, quiere consagrar la ruptura, pero posee igualmente cierta ambigüedad respecto a la dialéctica reforma-ruptura que ha sido la nota peculiar de nuestra transición política a la democracia. El modelo más genuino de preámbulo sería aquel donde se incluyen dos tipos de enunciados: unos de carácter explicativo, que miran al pasado y justifican la legitimidad del nuevo orden constitucional en contraposición al que existía anteriormente, y otros de carácter declarativo, que miran al futuro y donde se exponen los objetivos que el nuevo orden constitucional se propone alcanzar.
B) La disposición derogatoria
La Disposición Derogatoria de la CE contiene tres apartados:
- En el primero se derogan las siete Leyes Fundamentales del Franquismo, así como la Ley para la Reforma Política.
- En el segundo, se deroga la Ley de 25 de octubre de 1839, referente a problemas forales de las provincias vascas.
- En el tercero, se señala que “quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en esta Constitución”.
C) Los valores superiores
Existen unos principios básicos que no podrán ser reformados. Al exponer que España propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político, no se quiso permanecer únicamente en el coto limitado del Derecho Constitucional, en tanto que regulador de las instituciones básicas del Estado. Por el contrario, se va más allá, y estos valores no deberán regir sólo en el ámbito constitucional, sino que también deberán inspirar todo el ordenamiento jurídico de España.