Procedimiento Aduanero de Entrada y Régimen de Depósito Temporal en la Unión Europea

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Procedimientos de Entrada de Mercancías en el Territorio Aduanero de la Comunidad (TAC)

Objetivos de la Declaración Sumaria de Entrada (ENS)

La Declaración Sumaria de Entrada (ENS) tiene como objetivos principales:

  • Control integral de la cadena logística internacional.
  • Introducción de mercancías en el TAC.
  • Información anticipada sobre la entrada de mercancías en el TAC.

B. Aviso de Llegada (AN)

Mensaje por el que el operador del medio de transporte activo avisa a la Aduana de primera entrada la llegada del medio de transporte que transporta mercancías al Territorio Aduanero de la Comunidad (TAC).

Debe contener datos suficientes para identificar la Declaración Sumaria de Entrada (ENS).

C. Declaración Sumaria de Depósito Temporal (DSDT)

Declaración al amparo de la cual las mercancías que entran en el TAC, cualquiera que sea su estatuto aduanero, son presentadas en la Aduana.

Requisitos de la DSDT:

  • Se presentará ante la aduana donde llegue el medio de transporte.
  • El declarante es el operador del medio de transporte.
  • Solo aplica a las mercancías que se descargan.
  • Deberá presentarse por medios electrónicos.
  • Deberá redactarse conforme al modelo establecido.
  • Debe presentarse a la llegada de las mercancías a la Aduana.

2. Almacenamiento Provisional y Depósito Temporal

Después de la presentación y depósito de la declaración sumaria, las mercancías permanecerán en almacenamiento provisional hasta que se les asigne un destino aduanero.

Condiciones del Almacenamiento Provisional:

Mientras dure el almacenamiento provisional, se aplican las siguientes restricciones:

  • No podrán retirarse, abrirse o examinarse las mercancías sin permiso de las autoridades aduaneras.
  • Solo podrán manipularse de manera que se mantengan en el mismo estado, sin cambios.
  • Deben almacenarse solamente en lugares autorizados por las autoridades aduaneras, denominados “almacenes de depósito temporal”.

3. Plazos Máximos del Depósito Temporal

La mercancía puede permanecer en depósito temporal a la espera de ser revisada por las autoridades aduaneras. Esta revisión tiene como fin comprobar que las mercancías corresponden con lo declarado y verificar que se ajustan a las medidas de política comercial establecidas por la Unión Europea.

Límites Temporales Antes de Considerarse Abandono:

  • Vía marítima: Máximo de 45 días.
  • Otros medios de transporte: Máximo de 20 días.

4. Pago de Derechos e Impuestos

Una vez realizada la declaración de aduana y asignado un régimen aduanero, debe procederse al pago de los derechos y demás impuestos aplicables.

5. Autorización de Libre Disposición

Una vez concluidas todas estas operaciones, se autoriza la disposición de los artículos depositados para su libre traslado dentro de la Unión Europea o para su salida a terceros países.

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