Procedimientos Administrativos y Documentación Ciudadana
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Revisión de los Actos Administrativos
Consiste en comprobar que se ha dictado siguiendo el procedimiento correcto, que no se han saltado normas y que la actuación de la administración ha sido correcta.
Tipos de Revisión
- Revisión de Oficio: Se produce cuando se ha detectado un error en un acto y, sin intervenir ningún particular, se inicia un procedimiento para modificarlo.
- Recursos Administrativos: Es el medio que debe utilizar el interesado en un procedimiento para instar a una administración a revisar sus actos administrativos.
Elementos del Recurso Administrativo
El recurso se plantea mediante un escrito de interposición.
Tipos de Actos
- Actos Firmes: No se pueden recurrir.
- Actos No Firmes: Se pueden recurrir. Pueden poner fin o no a la vía administrativa.
Tipos de Recursos para Actos No Firmes
- Recurso de Alzada:
- Obligatorio.
- Plazo de interposición: Un mes desde la notificación del acto.
- Órgano que resuelve: El superior jerárquico del que dictó el acto recurrido.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Si la resolución es negativa, se puede acudir a la vía judicial.
- Recurso Potestativo de Reposición:
- No obligatorio.
- Plazo de interposición: Un mes.
- Órgano que resuelve: El mismo que dictó el acto recurrido.
- Plazo de resolución: Un mes.
- Si la resolución es negativa, se puede acudir a la vía judicial.
- Recurso Extraordinario de Revisión: En determinadas circunstancias se permite recurrir un acto firme. Los motivos que lo permiten son:
- Un error de hecho.
- La aparición de documentos de valor esencial.
- Documentos o testimonios falsos.
- Prevaricación, cohecho, etc.
Documentos de los Ciudadanos
Son el medio por el que los particulares se relacionan con las administraciones públicas formalmente.
Tipos de Documentos
- La Denuncia: Mediante la denuncia, una persona pone en conocimiento de un órgano administrativo una serie de hechos para que sean considerados e inicie un proceso. Para que sea válida necesita varios elementos.
- Solicitud: Es empleada por las personas para requerir a la administración pública que realice varias actuaciones para lograr un fin.
- Alegaciones: Contiene una relación de los hechos que el interesado en un procedimiento quiere que conozca la administración pública.
- Recursos Administrativos: Son muy parecidos a las alegaciones; solo es necesario diferenciar la normativa legal dependiendo de la función del recurso que se plantea.
Registros Públicos
Son el lugar físico donde entran y salen de forma oficial las comunicaciones y escritos.
Tipos de Registros
- General: Obligatorialmente los órganos deben llevar un libro-registro en el que se hará el correspondiente asiento de los escritos y comunicaciones presentadas.
- Registros Auxiliares: Se pueden crear otros registros en las unidades administrativas.
Funciones de los Registros Públicos
- Recepción: De solicitudes, escritos dirigidos a órganos.
- Anotaciones de Entradas y Salidas: De las solicitudes.
- Remisión.
- Expedición de Copias: Que los ciudadanos aportarán junto a una solicitud.
Lugar de Presentación de los Escritos y Comunicaciones
- Oficinas de Registro.
- Representaciones Diplomáticas.
- Correos.