Procedimientos Aduaneros y Valoración de Importaciones

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Delitos Aduaneros

Simple: x acción o omisión mediando ardid o engaño impide el control aduanero. Supuesto: mercadería fuera de lugar y horario habilitados, tratamiento fiscal distinto, ocultar mercadería.

Agravados: intervienen 3 personas, funcionario público, de la aduana, mercadería de prohibición absoluta.

Culposos: no requiere dolo sino culpa, no está penado con pena privativa si no con multas e inhibición. El funcionario aduanero x negligencia, funcionario administrativo por inobservancia de sus funciones.

Menor: pena de multa más decomiso, se agrava si la mercancía es prohibida y si excede los 500.

Infracciones: de naturaleza penal x lo tanto admiten pp constitucionales como de legalidad, reserva pp de inocencia.

Extinción de la Acción

1) Amnistía, perdón general sobre la acción, 2) muerte del imputado.

Procedimientos Aduaneros

Autodenuncia: consiste en admitir ante la aduana la comisión de la infracción y se reduce un 75% del importe, debe ser con anterioridad a que el servicio aduanero conozca la infracción.

Declaración inexacta: inexactitud entre lo declarado y comprado y que si hubiera pasado hubiera producido 1 perjuicio fiscal, transgresión a un prohibido, ingreso o egreso desde o hacia el exterior de un importe.

Sumario: apertura de suma x el servicio aduanero. La mercadería se ve afectada x una medida cautelar para proteger los bienes y asegurar el cumplimiento de una sanción. Se detiene del despacho, secuestro. En la medida cautelar debe dar aviso dentro 48 hs al administrado. Tiene 25 días para abrir suma. La notificación se corre a vista x 10 días para presentar defensas. Una vez que se notifica dentro de los 10 días el imputado puede realizar el pago voluntario, pagar o declararse rebelde.

Impugnación: inicia el procedimiento la persona afectada y puede impugnar tributos, prohibidos e importes y cualquier interés afectado.

Repetición: pedir que se devuelta algo que pagué de más y no correspondía.

Valoración Aduanera

Prohibiciones: según su finalidad: rigen solo para importación y exportación para consumo. Económicas, las que protegen las finanzas y económicas del país. No económicas las que no afectan. Según su alcance: absolutas las que impiden a todas las personas la importación de determinada mercancía. Relativas: las que impiden a algunas personas.

Antidumping: existe cuando el valor de las exportaciones de una mercadería es inferior al valor normal del mismo producto en el mercado interno. Es una práctica desleal. Tiene que haber un daño a la producción nacional. Se le impone un plazo hasta 5 años renovable.

Valoración Aduanera: es el procedimiento para determinar el valor en la aduana de la mercadería, determina la base imponible, el valor de los reintegros y las multas por ilícitos.

Valor de Importación: el acuerdo del GATT establece un sistema de valor interno donde establecen reglas y límites al estado. GATT: valor transacción, mercaderías idénticas, similares.

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