Procedimientos y funciones de gestión tributaria

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,55 KB

Procedimientos de gestión tributaria. Clases. Artículo 123 de la Ley General Tributaria:

1. Son procedimientos de gestión tributaria, entre otros, los siguientes:

  • El procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos.
  • El procedimiento iniciado mediante declaración.
  • El procedimiento de verificación de datos.
  • El procedimiento de comprobación de valores.
  • El procedimiento de comprobación limitada.

2. Reglamentariamente se podrán regular otros procedimientos de gestión tributaria a los que serán de aplicación, en todo caso, las normas establecidas en el capítulo II de este título.

Funciones. Artículo 141 de la Ley General Tributaria, La inspección tributaria:

La inspección tributaria consiste en el ejercicio de las funciones administrativas dirigidas a:

  • La investigación de los supuestos de hecho de las obligaciones tributarias para el descubrimiento de los que sean ignorados por la Administración.
  • La comprobación de la veracidad y exactitud de las declaraciones presentadas por los obligados tributarios.
  • La realización de actuaciones de obtención de información relacionadas con la aplicación de los tributos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 93 y 94 de esta ley.
  • La comprobación del valor de derechos, rentas, productos, bienes, patrimonios, empresas y demás elementos, cuando sea necesaria para la determinación de las obligaciones tributarias, siendo de aplicación lo dispuesto en los artículos 134 y 135 de esta ley.
  • La comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos para la obtención de beneficios o incentivos fiscales y devoluciones tributarias, así como para la aplicación de regímenes tributarios especiales.
  • La información a los obligados tributarios con motivo de las actuaciones inspectoras sobre sus derechos y obligaciones tributarias y la forma en que deben cumplir estas últimas.
  • La práctica de las liquidaciones tributarias resultantes de sus actuaciones de comprobación e investigación.
  • La realización de actuaciones de comprobación limitada, conforme a lo establecido en los artículos 136 a 140 de esta ley.
  • El asesoramiento e informe a órganos de la Administración pública.
  • La realización de las intervenciones tributarias de carácter permanente o no permanente, que se regirán por lo dispuesto en su normativa específica y, en defecto de regulación expresa, por las normas de este capítulo con exclusión del artículo 149.
  • Las demás que se establezcan en otras disposiciones o se le encomienden por las autoridades competentes.

Documentos de las actuaciones de la inspección. Definición de cada una:

Documentación de las actuaciones de la inspección:

  1. Comunicaciones
  2. Diligencias
  3. Informes
  4. Actas

Artículo 143.2 LGT. Documentación de las actuaciones de la inspección:

Las actas son los documentos públicos que extiende la inspección de los tributos con el fin de recoger el resultado de las actuaciones inspectoras de comprobación e investigación, proponiendo la regularización que estime procedente de la situación tributaria del obligado o declarando correcta la misma.

Plazos de inspección

A) 18 meses, con carácter general, y B) 27 meses, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias en cualquiera de las obligaciones tributarias o periodos objeto de comprobación. (Tema 12, página 10-14).

Entradas relacionadas: