Procedimientos Penales Especiales: Roles, Fases y Delitos Específicos

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El Juez de Instrucción y el Proceso Penal de Menores

¿Cuál es la función del Juez de Instrucción en el proceso penal de menores?

El Juez de Instrucción desempeña única y exclusivamente la función de dictar actos jurisdiccionales, mientras que al Ministerio Fiscal le corresponde la realización de actos policiales o de investigación.

¿Quién se encarga de la fase de instrucción en el proceso de menores?

El Ministerio Fiscal es el "director de la instrucción" en el proceso de menores. Le compete practicar todos los actos instructorios dirigidos a investigar el hecho punible y la participación del menor en él. Es decir, le corresponde la función de preparar el juicio oral y proponer al juez el sobreseimiento.

Procesos Penales Especiales por Razón de la Materia: Juicios Rápidos

Concepto y criterios que rigen el ámbito de aplicación de los juicios rápidos

El juicio rápido es un proceso especial de la competencia de los Juzgados de lo Penal, aplicable a los delitos flagrantes o con instrucción sencilla, en los que su autor esté detenido o a disposición de la autoridad judicial. Se incoa mediante atestado y la instrucción se concentra en el Juzgado de Guardia, permitiendo la conformidad inmediata del acusado o la celebración del juicio oral ante el Juez de lo Penal en un plazo no superior a 15 días.

El ámbito de aplicación está restringido a:

  • Criterio Formal: El proceso penal se ha incoado en virtud de atestado policial.
  • Criterio Cuantitativo Material: Delitos de competencia penal con pena privativa de libertad no superior a 5 años.

Competencia en la fase intermedia y conformidad premiada en juicios rápidos

Una vez practicadas ante el Juzgado de Guardia las diligencias de instrucción necesarias y facultativas, la competencia en la fase intermedia recae en el propio Juez de Instrucción en funciones de guardia. Además, la fase intermedia transcurre de forma oral, agilizando el proceso.

Las funciones del juez se incrementan, pues no solo decide la apertura del juicio oral o el sobreseimiento, sino también la previa decisión del procedimiento adecuado y la adopción de las medidas cautelares.

Sí, se puede dar la conformidad premiada, exclusivamente para calificaciones de delitos con pena privativa de libertad inferior a dos años. En este caso, la competencia no corresponderá a los órganos de enjuiciamiento, sino al Juez de Instrucción.

Proceso Especial para Delitos de Injurias o Calumnias

¿Cómo se inicia el proceso especial para el enjuiciamiento de los delitos de injurias o calumnias?

Se inicia a través del escrito de querella (presentado por el ofendido), al cual hay que incorporar:

  • Certificación del acto de conciliación.
  • Licencia del tribunal (concedida mediante el oportuno testimonio).
  • Documento que contenga el delito contra el honor, si la injuria o calumnia se hubieren efectuado por escrito.
  • Copia de la querella.

Nota: La presentación de estos documentos es un requisito subsanable; el juez queda obligado a la práctica de diligencias más urgentes.

Medidas provisionales en delitos por medios de difusión

En un proceso por delitos cometidos mediante medios o soportes mecánicos de difusión, ¿qué medidas provisionales puede adoptar el Juez de Instrucción?

  • El secuestro: Tanto de lo publicado como del resto de objetos que integren el cuerpo del delito. Junto al secuestro, se busca la determinación de la autoría del hecho punible.
  • Prohibición de difusión: Medida eventualmente acumulativa con el secuestro cuando exista peligro de reiteración delictiva.

Procesos Especiales por Razón de las Personas: Enjuiciamiento de Diputados y Senadores

¿Qué requisito se exige para poder dirigir un proceso penal contra un diputado o senador?

Se exige el suplicatorio (inmunidad parlamentaria), que establece: "no podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva".

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