Proceso de Investigación Penal: Actuaciones Policiales y Diligencias Judiciales Urgentes
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6. Este procedimiento no es aplicable en los casos en que proceda el secreto de sumario. Para que se aplique a delitos conexos, estos deben ser susceptibles de ser tramitados por el mismo.
Iniciado el proceso mediante estos trámites, podrá derivarse a otro procedimiento cuando se considere conveniente.
La Fase de Investigación: Actuaciones Policiales y Diligencias Judiciales
Actuaciones Policiales
Las actuaciones policiales comprenden principalmente:
- Desarrollo temporal: Se llevan a cabo, en su mayoría, previamente al inicio del proceso judicial.
- Garantía procesal: Aseguran la posterior presencia en el juicio de personas y materiales.
- Intervención forense: Podrán requerir la presencia del médico forense cuando se precise un informe pericial.
- Información de derechos: Deberán informar al investigado de su derecho a comparecer asistido de abogado.
- Citaciones: Deberán citar para que comparezca ante el Juzgado de Guardia al denunciado, testigos y acusadores, con la advertencia de las consecuencias de su inasistencia.
- Remisión de sustancias: Deberán remitir al Instituto de Toxicología o al Laboratorio Territorial de Drogas las sustancias aprehendidas para su envío al Juzgado de Guardia.
- Pruebas de alcoholemia: Deberán instar al personal sanitario que realice el análisis de alcoholemia a que envíe el resultado al Juzgado de Guardia.
- Solicitud de peritos: Deberán solicitar la presencia del perito ante el Juzgado de Guardia si fuera necesario.
- Excepción para Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que intervinieron en el atestado no necesitarán, como regla general, comparecer ni ser citados ante el Juez de Guardia, salvo que su presencia se estime imprescindible y así se motive en la resolución judicial correspondiente.
Diligencias Urgentes ante el Juzgado de Guardia
Ante el Juzgado de Guardia se practican las denominadas “diligencias urgentes ante el juzgado de guardia”. Estas incluyen:
- Inicio: Comienzan con la recepción por parte del Juzgado del atestado policial, junto con los objetos, pruebas e instrumentos relacionados con el delito.
- Complemento de la investigación: El Juzgado completará las diligencias que la policía realizó o le encomendó, y llevará a cabo cualquier otra actuación que considere oportuna.
- Declaraciones: Se tomará declaración al detenido (si lo hubiera) y a los testigos.
- Ofrecimiento de acciones: Se reiterará el ofrecimiento de acciones a las partes perjudicadas.
- Plazo: Todas las diligencias deberán practicarse, por regla general, durante el servicio de guardia, aunque este plazo puede ampliarse en determinados casos.
- Prueba anticipada: Podrá practicarse prueba de forma anticipada, siempre que se cumplan los requisitos legalmente establecidos.
- En los supuestos... (contenido original incompleto, se mantiene textual)