Proceso Legislativo y Derechos Fundamentales en España: Una Visión Jurídica
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El Proceso Legislativo en España: De la Iniciativa a la Promulgación
La aprobación de una ley es un proceso fundamental en el sistema democrático español. La ley tiene que pasar por el Congreso y debe ser aprobada por este. Se abre un plazo de 15 días para la presentación de enmiendas, que son modificaciones que se plantean sobre el texto.
Tipos de Enmiendas
- Al articulado: Propuestas de modificación parcial.
- A la totalidad: Cambios totales del proyecto de ley. Dentro de estas, hay dos tipos:
- De devolución: El proyecto se devuelve a la Comisión.
- De texto alternativo: Se propone un texto completamente diferente.
Finalizada la fase de enmiendas, la Comisión nombrará en su seno una ponencia para elaborar un informe.
Debate y Votación en el Pleno
En el debate en Pleno de la Cámara, se vuelve a votar la decisión de la Comisión y se defienden todas las posiciones. Una vez que el Pleno ha votado (por mayoría simple), se fija el dictamen del Pleno o del Congreso sobre el proyecto de ley. El texto se remite al Senado.
Luego se pasa a la aprobación de la ley. Una vez aprobada, el Presidente del Congreso lo transmite al Presidente del Senado. El trámite en el Senado tiene que llevarse a cabo en dos meses, salvo en caso de urgencia, donde el plazo se reduce a 20 días. En este último caso, el Senado lleva a cabo los mismos trámites que el Congreso.
Posibles Escenarios en el Senado
Pueden suceder tres cosas:
- Aprobación sin cambios: Se aprueba el texto de la misma manera que les ha sido remitido. Se traslada al Presidente del Gobierno y este lo traslada al Rey a efectos de sanción y promulgación.
- Introducción de enmiendas: Se introducen enmiendas al texto. El texto vuelve al Congreso, que deberá pronunciarse sobre las enmiendas, aceptándolas o rechazándolas por mayoría simple.
- Veto: Se devuelve el texto al Congreso sin discutirlo. El Congreso puede superar el veto si consigue mayoría absoluta o si, una vez superados dos meses, consigue mayoría simple.
Suspensión Individual de Derechos Fundamentales (Artículo 55.2 CE)
El Artículo 55.2 de la Constitución Española establece: "Una ley orgánica podrá determinar la forma y los casos en los que, de forma individual y con la necesaria intervención judicial, los derechos reconocidos en los artículos 17.2 y 18, apartados 2 y 3, pueden ser suspendidos para personas en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas."
La ley deja al legislador que regule por Ley Orgánica los casos y la forma en que pueden ser suspendidos derechos de ciertas personas que estén relacionadas con terrorismo y fuerzas armadas, y que incidan en la vida ciudadana.
Derechos Susceptibles de Suspensión
Los derechos que se pueden suspender son los recogidos en los Artículos 17.2, 18.2 y 18.3. Siempre son temporales y tienen que ser controlados por el órgano judicial del Parlamento. Debe haber responsabilidad penal por haber utilizado medidas de forma arbitraria.
El Derecho a la Tutela Judicial Efectiva (Artículo 24 CE)
El Artículo 24.1 de la Constitución Española habla de derechos fundamentales: el derecho a la tutela judicial y a la indefensión. El Artículo 24.2 garantiza la protección procesal de los ciudadanos.
El derecho a la tutela judicial efectiva es una protección excepcional de la Sección 1ª del Capítulo II del Título I. Este derecho es de prestación. La doctrina del Tribunal Constitucional (TC) sigue la senda del Tribunal de Derechos Humanos. Este derecho hace que hoy en día se rompa el formalismo de las normas procesales. Los fallos de trámites formales no anulan dicha demanda, flexibilizando el proceso.
Componentes del Derecho a la Tutela Judicial Efectiva
- Derecho de acceso a la jurisdicción: Acceso a jueces y tribunales. Las personas que por medios económicos no pueden acceder, tienen derecho a asistencia jurídica gratuita.
- Derecho a una resolución judicial: Sentencias motivadas; de lo contrario, son nulas.
- Derecho a una ejecución de sentencia: Una sentencia firme debe cumplirse.
- Derecho a no sufrir indefensión: Privación a una persona de ser defendida.
Garantías Procesales del Artículo 24
- Derecho a un juez predeterminado por ley: No se puede nombrar un juez para un caso concreto o particular.
- Derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas: En el ámbito penal, puede implicar una rebaja de pena.
Garantías en el Proceso Penal
- Derecho a defensa y asistencia de letrado.
- Derecho a ser informado de qué se le acusa y los hechos que se le imputan.
- Derecho a utilizar los medios pertinentes para su defensa.
- Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable. Los parientes también tienen derecho a no declarar contra familiares.
- Derecho a la presunción de inocencia: Solo se desvirtúa con prueba de cargo.