El Proceso Penal en España: Fases y Recursos

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El Auto de Procesamiento

El auto de procesamiento es la resolución del juez instructor, por la cual, durante la fase sumarial, decide que existen indicios racionales de criminalidad contra determinada persona a la que declara procesada. A partir de ese momento, se ordena que se entiendan con ella las diligencias subsiguientes. El procesado podrá, desde el momento de serlo, aconsejarse de un letrado mientras no estuviere incomunicado y valerse de él, bien para instar la pronta terminación del sumario, bien para solicitar la práctica de diligencias que le interesen, y para formular pretensiones que afecten a su pretensión.

Si el procesado tuviere decretada además prisión provisional, tratándose de delitos relacionados con bandas armadas o terrorismo, y siendo aquel funcionario o cargo público, quedará automáticamente suspendido en su ejercicio mientras dure la situación de prisión.

Diligencias Urgentes en los Juicios Rápidos

En la fase de instrucción del Juez de Guardia, se inicia con la recepción del atestado policial, junto con todo el material que la policía judicial haya obtenido (objetos, instrumentos, pruebas, etc.). El juez puede acordar la práctica de diversas diligencias urgentes con la participación del Ministerio Fiscal.

La Rescisión de Sentencia

La rescisión es un medio de impugnación autónomo, por el cual se puede dejar sin efecto de cosa juzgada una sentencia firme de condena. Solo cabe frente a sentencias firmes condenatorias por delito grave o menos grave, consideradas injustas por diferentes motivos. Conoce el Tribunal Supremo. Puede promoverla el penado, el Ministerio Fiscal o el Fiscal General del Estado. Los supuestos en los que se puede aplicar vienen recogidos en el art. 954 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Fases del Proceso Penal

Fase de instrucción, incoación (a instancia de parte), audiencia para concreción de la imputación, decisión sobre la constitución del procedimiento y práctica de diligencias, fase intermedia (ante el juez instructor) basándose en la apertura del juicio oral y prestaciones del escrito de alegaciones, escrito de calificaciones provisionales, audiencia preliminar, auto para establecer sobreseimiento, apertura del juicio oral, juicio oral.

Las Costas del Proceso

Se consideran como costas del proceso los gastos que, como consecuencia del proceso y actuaciones procesales, tiene que asumir el litigante. Son: gastos asistenciales extrajudiciales; honorarios del abogado, procurador y perito; gastos de depósitos de recursos, publicaciones de edictos y obtención de determinados documentos. Una parte la asume el Estado y otra el litigante. La Ley de Enjuiciamiento Criminal adopta un criterio objetivo y subjetivo para la imposición de costas. El Ministerio Fiscal y, si el encausado resulta absuelto, nunca podrán ser condenados a costas.

La Conformidad

Su particularidad más relevante es que se genera a partir de una propuesta del Ministerio Fiscal (decreto), posterior autorización del juez de instrucción. Aceptación libre por el encausado y conversión en sentencia condenatoria.

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