Propiedad Privada: Derechos, Límites, Frutos y Acciones de Protección

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Propiedad Privada

El derecho de propiedad

El derecho de propiedad es el derecho a gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.

Características

  1. Perpetuidad: el derecho de propiedad dura tanto como la cosa física sobre la que recae.
  2. Exclusividad: el derecho de propiedad se puede oponer frente a cualquiera.
  3. Abstracción de facultades: el propietario tiene todas las facultades y derechos sobre la cosa, incluidos sus frutos.
  4. Propiedad sobre los frutos: el fruto es todo producto o utilidad que constituye el rendimiento de una cosa.

Tipos de frutos

  • Naturales: producciones de la naturaleza, incluidas las crías animales.
  • Industriales: producciones resultantes de la actividad humana (por ejemplo, cultivo).
  • Civiles: son los producidos por el establecimiento de una relación jurídica sobre la cosa.

Límites de la propiedad

  1. Límite al poder de goce: limitaciones impuestas por las leyes por interés público.
  2. Poder de disposición: restricciones que impiden al propietario transmitir un bien durante un período determinado.
  3. Derivada de la función social de la propiedad: la función social de la propiedad privada quedará delimitada de acuerdo con las leyes y nadie podrá ser privado de ella salvo por una causa de interés social.

Acciones de protección de la propiedad

  1. Acción reivindicatoria: se ejerce cuando el propietario ha sido privado de la posesión de la cosa.

    Requisitos:

    • El que la ejerce debe ser el dueño de la cosa.
    • La acción debe dirigirse contra quien posee la cosa sin derecho a ello.
    • La cosa que se reclama debe estar perfectamente descrita aportando pruebas.
  2. Dominio: lo que se pretende es la mera declaración de la existencia del derecho de propiedad.
  3. Acción negatoria: con la acción negatoria se ejercitará contra quien pretende tener algún derecho sobre la cosa.
  4. Acción de deslinde: consiste en establecer los límites de la propiedad en casos de confusión.

Comunidad de bienes o copropiedad

Comunidad de bienes o copropiedad: es cuando la propiedad de una cosa pertenece proindiviso a varias personas. Cualquier persona en proindiviso puede solicitar la división de la cosa. Cada propietario es dueño de una parte ideal.

Derecho de garantía

Derecho de garantía: es un derecho mediante el cual se garantiza el cumplimiento de una deuda aportando un bien que responderá del cumplimiento de la obligación. Se debe constituir en escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad.

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