Protección al Consumidor en Operaciones Financieras y Prácticas Comerciales
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Normas de Transparencia y Protección al Consumidor Financiero
Asesoramiento Notarial
Los clientes (y avalistas) deben acudir a la cita notarial con una antelación mínima de un día natural respecto al momento de la firma del contrato.
Cumplimiento de las Normas de Transparencia
La Directiva 2005/29/UE: Prácticas Comerciales Desleales
Se consideran prácticas desleales aquellas que:
- Son contrarias a los requisitos de la diligencia profesional (competencia, ética, etc.).
- Distorsionan el comportamiento económico del consumidor.
Prácticas Comerciales Engañosas
Incluyen:
- Información falsa sobre el producto, sus características, compromisos, precios y derechos del consumidor.
- Información que induzca a error al consumidor en su decisión de compra.
Omisiones Engañosas
Consisten en:
- Ocultar información sustancial para que el consumidor tome una decisión de compra.
- Ofrecer de manera poco clara y ambigua información que es sustancial para la toma de decisiones del consumidor.
Prácticas Comerciales Agresivas
Merman la conducta del consumidor respecto al producto mediante el uso de:
- El acoso.
- La coacción.
- La influencia indebida.
Normativa Española de Protección al Deudor Hipotecario
La protección al deudor hipotecario en España se rige principalmente por:
- Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre.
- Circular 5/2012, de 27 de junio.
Publicación Trimestral de Información Financiera
Las entidades deben publicar trimestralmente:
- Tipos de interés aplicados.
- Comisiones y gastos aplicados.
Documentación Informativa Clave para Préstamos Inmobiliarios
Ficha de Información Precontractual (FIPRE)
Debe:
- Proporcionarse a los clientes que la soliciten, ofreciendo información clara y suficiente sobre los préstamos inmobiliarios ofertados.
- Ser gratuita.
- Tener carácter orientativo, indicando que se ha elaborado según la situación del mercado en ese momento y que la oferta personalizada puede variar.
Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN)
Contiene la información personalizada necesaria para responder a la demanda de crédito. Se elabora tras el estudio de las necesidades de financiación, la situación financiera y las preferencias del cliente. Debe ser:
- Gratuita.
- Una oferta vinculante para la entidad durante el plazo pactado, que como mínimo será de 10 días hasta la firma del contrato.
Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE)
Se facilita junto a la FEIN e informa sobre cláusulas y elementos relevantes como:
- Tipos oficiales.
- Límites a la bajada de tipos.
- Consecuencias del impago y sus gastos.
- Riesgos asociados a la financiación en moneda extranjera.
Obligaciones a la Entrega de Documentación Contractual
La entidad está obligada a:
- Entregar al cliente el documento contractual en el que se formalice la prestación de servicios.
- Entregarlo de manera gratuita.
- Remitirlo por correo electrónico si la contratación se ha formalizado electrónicamente, conservando constancia en soporte duradero.
- Conservar una copia del documento, custodiándolo durante un mínimo de 6 años tras su finalización.