Protección de Derechos Laborales: Tutela Administrativa y Judicial
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Inspección de Trabajo y Seguridad Social
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social tiene como función principal la fiscalización del cumplimiento de la normativa laboral. Por otro lado, la Administración laboral es la encargada de sancionar las infracciones detectadas.
Funciones de la Inspección de Trabajo
- Asistencia técnica a empresas y trabajadores.
- Información y dictamen a los órganos administrativos.
- Composición de conflictos laborales.
- Función de control y vigilancia en el cumplimiento de la normativa laboral. Esta función se lleva a cabo mediante visitas a los centros de trabajo o requerimientos a la empresa.
Cualquier persona puede instar la actuación de la Inspección de Trabajo. El Inspector de Trabajo actúa como autoridad pública y tiene la obligación de guardar secreto profesional.
Resultado de la Actuación Fiscalizadora
- Archivo de las actuaciones, si no se constata infracción.
- Constatación de infracción sancionable. En este caso, se podrán adoptar medidas preventivas e iniciar el procedimiento sancionador.
Procedimiento Sancionador
A) Las Actas de la Inspección
- Tipos
- Actas de infracción
- Actas de liquidación
- Eficacia jurídica: Las actas gozan de presunción de certeza, salvo prueba en contrario, respecto a los hechos reflejados en la misma que hayan sido constatados por el Inspector actuante.
B) Las Infracciones y Sanciones Administrativas
Las Infracciones Administrativas
Noción de infracciones laborales: Son infracciones laborales las acciones u omisiones de los sujetos responsables tipificadas y sancionadas en la normativa laboral.
Sujetos responsables: Empresarios, trabajadores y solicitantes de subvenciones, entre otros.
Clasificación de las infracciones: Leves, graves y muy graves.
Las Sanciones Administrativas
Graduación: Las sanciones se imponen en grado inferior, medio o superior.
Circunstancias atenuantes o agravantes: Se tendrán en cuenta diversas circunstancias para atenuar o agravar la sanción.
C) Tramitación del Procedimiento Sancionador
Fases:
- Iniciación: Se realiza de oficio mediante el levantamiento del acta de infracción por el Inspector, con la propuesta de sanción.
- Central: Fase de instrucción y alegaciones.
- Final: Se dicta resolución motivada que podrá:
- Confirmar la propuesta de sanción.
- Modificar la propuesta de sanción.
- Dejar sin efecto la propuesta del acta y archivar el expediente.
Prescripción y Caducidad de los Derechos
Prescripción: Si un derecho no es reconocido, existe un plazo para reclamarlo. Este plazo se denomina prescripción. La prescripción debe ser alegada por la parte interesada. El plazo general de prescripción es de un año, salvo que se establezca un plazo especial. En el cómputo de los plazos de prescripción, se descuentan los días inhábiles (domingos y festivos).
Caducidad: Si se presenta una demanda fuera de plazo, el juez controla el plazo de caducidad. El plazo general de caducidad es de 20 días hábiles. En el cómputo de los plazos de caducidad, se descuentan sábados, domingos y festivos. Los plazos de caducidad no se suspenden.