Protección Integral de la Infancia: Marco Jurídico y Red de Apoyo en España

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Figuras Jurídicas Relacionadas con la Protección del Menor

Patria Potestad

Derechos y deberes que la ley reconoce a los padres sobre las personas y bienes de sus hijos mientras son menores de edad o están en situación de incapacidad. Su objetivo es velar por el interés superior de los hijos.

La patria potestad engloba la guarda de los hijos, lo que implica la cohabitación con ellos y la obligación de cuidarlos, protegerlos y asistirlos. Cuando los padres no pueden cuidar del menor por circunstancias graves, la entidad pública asumirá la guarda durante el tiempo necesario.

Custodia

Se emplea cuando hay de por medio una resolución judicial o administrativa que confiera dicho derecho a uno de los progenitores, generalmente por divorcio o separación de los cónyuges.

Tutela, Curatela y Defensor Judicial

Tutela

Se obtiene cuando se retira la patria potestad o cuando los padres están pasando una situación difícil. Se extingue por emancipación, adopción, fallecimiento, recuperación de la patria potestad de los progenitores o porque una resolución judicial pone fin a la incapacidad que dio origen a la tutela.

Curatela

Intervención del curador en los actos en los que el menor o persona incapacitada no puede intervenir por sí misma. El ámbito de actuación del curador es menor que el del tutor.

Defensor Judicial

Persona que defiende los intereses del menor en estos casos:

  • Conflictos de intereses entre menores o incapacitados y sus representantes legales o curador.
  • Cuando el tutor o curador no ejerza sus funciones.

Acogimiento y Adopción

Acogimiento Familiar

Otorga la guarda de un menor a una persona o núcleo familiar de manera temporal. Su objetivo es integrar socialmente a los menores en una familia que respete su historia e identidad.

Adopción

Creación de una filiación por decisión judicial. Salvo excepciones, en el momento de la adopción desaparecen los vínculos de la persona adoptada con la familia biológica.

Emancipación

Finalización de la patria potestad o de la tutela, de manera que esa persona puede regirse y regir sus bienes como si fuera mayor de edad. Se puede obtener por las siguientes vías:

  • Mayoría de edad.
  • Matrimonio.
  • Si es menor de 16 años, por concesión paterna o materna.
  • Por concesión judicial.

Responsabilidad del Menor

La legislación española también ha ido adaptándose a las demandas de los organismos internacionales y a las exigencias de una sociedad en cambio.

Sistemas Educativo y Sanitario

La LOE regula actualmente el sistema educativo en nuestro país. En el llamado Título I se establece la ordenación de las enseñanzas en estas etapas:

  • Educación Infantil.
  • Educación Primaria.
  • ESO.
  • Bachillerato.
  • Formación Profesional.

Leyes Educativas en España hasta el 2006

  • LGE: Ley General de Educación, 1970.
  • LODE: Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación, 1985.
  • LOGSE: Ley Orgánica General del Sistema Educativo, 1990.
  • LOCE: Ley Orgánica de Calidad de Educación, 2002.

Programas y Servicios de Atención a la Infancia

Recursos y Servicios de Atención a la Infancia

Atención en el Ámbito Educativo y Socioeducativo

La atención educativa hasta los 6 años se ofrece en las escuelas infantiles, de carácter voluntario y no gratuito. Existen diferentes servicios destinados a que los niños menores de 3 años puedan acceder a una atención socioeducativa de calidad y favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar.

Para acceder a ellos, se debe acudir a los servicios sociales de cada municipio para informarse de cuáles existen, ya que, al igual que sucede con las escuelas infantiles, su presencia es desigual en el territorio. Hay distintos tipos de servicios de servicios de este tipo: ludotecas, servicios educativos de ámbito rural, etc.

Atención en el Ámbito Social

Cuando los menores se encuentran en grave situación de riesgo o desamparo, se necesita la intervención de los servicios de atención a la infancia para garantizar su seguridad y desarrollo.

Sistema Público de Servicios Sociales

Compuesto por un conjunto de servicios y prestaciones que tiene como finalidad la promoción y desarrollo pleno de todas las personas y familias para la obtención de un mayor bienestar social y calidad de vida. En este sistema existen dos niveles de atención:

  • Primer nivel (servicios sociales básicos o de atención primaria): Dirigidos al conjunto de la población y constituyen el primer nivel de atención que reciben los ciudadanos cuando se dirigen a los centros de servicios sociales de su Ayuntamiento o barrio. Estos servicios se prestan mediante equipos multidisciplinares con funciones de: información, orientación, asesoramiento y detección de situaciones de riesgo y derivación a los servicios especializados.
  • Segundo nivel (servicios sociales especializados): Responden a situaciones de especial complejidad en las que es necesaria una alta especialización. Se responsabilizan de actuaciones de diagnóstico, tratamiento, apoyo o rehabilitación específica a personas pertenecientes a diferentes colectivos que presentan déficits sociales. En el caso que nos ocupa, serán los Servicios de Atención a la Infancia, la Adolescencia y/o la Familia.

Existe un nivel superior de servicios especializados para niños que se ven separados de su entorno familiar. Los recursos utilizados incluyen: centros de acogida, residenciales y acogimiento familiar.

Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia (2006-2009)

Fundamentación y Finalidad del Plan

Impulsado por el gobierno mediante el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y ha contado con la colaboración de las Comunidades Autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias y el movimiento asociativo.

Su finalidad es promover el bienestar de la infancia y adolescencia. Su objetivo es incrementar su calidad de vida y el pleno desarrollo de sus capacidades como sujetos activos de sus derechos.

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