Protección Laboral para Madres Gestantes y Derechos de los Trabajadores en Colombia
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La Corte Constitucional extendió la estabilidad laboral reforzada a la pareja de una madre gestante o lactante que está desempleada. Esto significa que, si el contrato es por plazo o por obra, debo verificar si subsisten las causas. Si voy a despedir a la persona, debo acudir al inspector y tener una justa causa.
Protección Completa
- Es una protección completa como si fuera la madre.
- La Corte dijo esto con el objetivo de que el niño o niña por nacer y la madre sean beneficiarios del sistema de salud de la pareja que trabaja. La Corte menciona 'pareja', lo que podría implicar que sean dos mujeres.
- La licencia de maternidad es irrenunciable.
Derechos de los Trabajadores con Discapacidad
Corte Constitucional: Tutela. La forma de resarcir el derecho de una persona que fue despedida en razón de su discapacidad no es solo pagar la indemnización. Además, se debe reintegrar a la persona y sancionar con el pago de 180 días de trabajo.
Protección Frente al Despido
- La protección no es solo frente al despido, también se extiende a contratos a plazo. No existen las causas (visto en maternidad), pues el trabajador enfermo debe ser reubicado.
¿A Quiénes se Protegen?
- A) Discapacitados.
- B) Incapacitados. En 2007, se emitió un fallo de tutela donde se estipula que las enfermedades catastróficas, trabajadores en tratamiento y aquellos con recomendaciones o restricciones laborales son considerados incapacidades que se protegen. Cuando un trabajador se encuentra en una situación de indefensión o discriminación, se debe reintegrar de manera temporal.
Trabajadores con Fuero Sindical
- Fundadores: Su fuero dura desde la fundación hasta dos meses después del registro o seis meses después de la fundación.
- Trabajadores que adhieran al sindicato, entre la fundación y el registro. Cuando un sindicato se funda, debe registrarse ante el Ministerio del Trabajo.
- Directivos de las asociaciones sindicales: El fuero dura lo que dure el mandato para el que fueron elegidos. Si se retiran, son despedidos antes de la mitad del tiempo para el que fueron elegidos, pierden su fuero ese día. Sin embargo, si el sindicalista sale después del 50% de su periodo, mantiene el fuero completo, es decir, el mandato más seis meses.
Los trabajadores que tienen fuero sindical solo pueden ser despedidos por justa causa cuando haya orden de un juez laboral. La consecuencia por ley de no cumplir con esto es el reintegro.
Fuero Circunstancial: Negociación Colectiva
Un grupo de trabajadores solicita a la empresa que mejore sus condiciones laborales. Esto desencadena una negociación colectiva con la empresa mediante la presentación de un pliego de peticiones, abriendo una etapa de arreglo directo de 20 días hábiles.
Posibles Resultados de la Negociación
- Si hay acuerdo, se firma un acta que se convierte en un contrato colectivo.
- Si no hay acuerdo, pueden ocurrir tres cosas:
- Se van a huelga (se vota para parar la empresa, se requiere la mitad más uno de los trabajadores).
- Se van a un tribunal de arbitramiento (se puede llegar por votación, los trabajadores siguen trabajando, pero continúa el proceso). También se puede llegar por obligación si es un conflicto minoritario, si la empresa presta un servicio público esencial y cuando hay cláusula compromisoria).
El fuero y esta negociación se extinguen cuando se llega a un acuerdo o se expide un laudo judicial.