Protección de la Libertad Sindical: Vías Constitucional, Administrativa y Penal

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Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional

Interposición

  • Sujetos legitimados:
    • Sujeto individual o colectivo afectado.
    • Ministerio Fiscal.
    • Defensor del Pueblo.
  • Carácter subsidiario: Respecto a la vía judicial ordinaria.

Objeto del proceso

  • Limitado a lo concerniente al derecho fundamental.
  • Alcanza al contenido esencial y adicional del derecho (siempre que se engarce con el artículo 28.1 CE).

Sentencia

Si se otorga el amparo:

  • Reconocimiento del derecho (ratificación).
  • Restablecimiento del derecho (medidas de conservación).
  • Nulidad de la práctica antisindical y consecuencias.

Tutela administrativa

Desarrollo en la Ley (RDLeg 5/2000, de 4 de agosto) de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS):

  • Artículo 1 LISOS: Sólo los incumplimientos tipificados como infracciones en la ley, cometidos por los sujetos señalados como responsables.
  • Artículo 5 LISOS: Sujeto responsable: el empresario.

Infracciones posibles

  • La transgresión de los derechos de información sindical (art. 7.7 LISOS).
  • La transgresión de los derechos de crédito horario, locales y tablones para los representantes (art. 7.8 LISOS).
  • La vulneración de los derechos de recaudación de cuotas e información de los afiliados en la empresa (art. 7.9 LISOS).
  • Impedir el derecho de reunión (art. 8.5 LISOS).
  • Impedir a los cargos sindicales la asistencia y acceso a los centros de trabajo (art. 8.6 LISOS).
  • Discriminaciones antisindicales (art. 8.12 LISOS).

Sanciones (pecuniarias): artículos 39 y siguientes LISOS. Máximo 190.000 euros.

Tutela penal

Delito contra la libertad sindical

  • Artículo 315 Código Penal: Serán castigados con las penas de prisión de 6 meses a 2 años y multa de 6 a 12 meses los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impidieran el derecho a huelga.
  • Sujetos:
    • Activo: Los del artículo 13 LOLS, en conexión con el artículo 318 CP para las personas jurídicas.
    • Pasivo: Titulares de la libertad sindical.
  • Conducta punible: “Impedir o limitar” gravemente.
  • Tipo agravado: Con coacciones (prisión de 1 año y 9 meses a 3 años y multa de 18 a 24 meses).

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