Protocolos de Seguridad Alimentaria: Manipulación y Preparación de Alimentos Críticos

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Gestión Segura de Alimentos Sensibles: Protocolos de Manipulación y Preparación

La correcta manipulación y preparación de alimentos sensibles es fundamental para garantizar la seguridad alimentaria y prevenir riesgos para la salud. A continuación, se detallan protocolos específicos para diversas categorías de alimentos:

Protocolos Específicos por Tipo de Alimento

  1. Carne Picada

    Debe ser picada y cocinada en un plazo máximo de 12 horas desde su preparación.

  2. Crustáceos y Moluscos

    Se desaconseja su consumo crudo en restauración colectiva, ya que son una fuente directa de contaminación.

  3. Pescado Fresco

    Debe conservarse entre 0 ºC y 5 ºC y consumirse antes de 24 horas.

  4. Charcutería

    Es conveniente extremar el cuidado en su manipulación de forma especial.

  5. Quesos

    Pueden contener hongos y ser contaminados fácilmente si no se manejan adecuadamente.

  6. Cremas Pasteleras

    Deben ser refrigeradas entre 0 ºC y 5 ºC inmediatamente después de su preparación y conservadas siempre a esa temperatura.

  7. Ensaladas y Frutas

    Es imprescindible lavarlas, conservarlas entre 0 ºC y 5 ºC y desechar las piezas en mal estado.

  8. Mayonesa y Otras Salsas Comerciales

    La legislación prohíbe utilizar huevo crudo. Su conservación debe ser entre 0 ºC y 4 ºC. Se debe sacar únicamente la cantidad necesaria para el servicio y proteger siempre en recipientes herméticos.

  9. Preparaciones de Platos con Tratamiento Térmico y Huevo Crudo

    Deben alcanzar más de 75 ºC en su interior, abatir su temperatura rápidamente hasta 10 ºC y conservar a 8 ºC como máximo durante 24 horas.

  10. Preparación de Comidas para Personas Alérgicas o Intolerantes

    Almacenar productos en recipientes cerrados y separados del resto. Es crucial preparar primero las comidas destinadas a este tipo de personas para evitar riesgos de contaminación cruzada, especialmente con polvo de harina. Utilizar aceites nuevos y sartenes aparte. Extremar las condiciones higiénicas.

Marco Normativo y Referencias Legales en Seguridad Alimentaria

La gestión de la seguridad alimentaria se rige por diversas normativas y referencias internacionales y nacionales:

  • Codex Alimentarius: Resolución 39/248 de 1985 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. FAO/OMS.

  • Real Decreto 3848/2000, de 29 de Diciembre: Por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas. Artículo 3.

  • Reglamento (CE) 852/2004: Relativo a la higiene de los productos alimenticios.

  • Real Decreto 106/2010: Por el que se deroga el Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a la manipulación de alimentos.

  • Real Decreto 19/2014, de 17 de enero: Por el que se refunden los organismos autónomos Instituto Nacional de Consumo (INC) y la AESAN, y se aprueba el estatuto de la AECOSAN.

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