La Prueba en el Derecho Común: Carga, Sistemas y Evolución Histórica

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La Prueba del Derecho Común: Carga, Sistemas y Evolución Histórica

La Carga de la Prueba en las Sociedades Primitivas

En las sociedades primitivas, a menudo era el acusado quien tenía que demostrar su inocencia. Cada parte del pleito tiene que probar los hechos en los que se basa todo lo que afirma.

Sistemas de Prueba: Del Derecho Común a la Codificación

El derecho común establece un sistema de prueba taxada, donde la doctrina o la ley determinan el valor que los jueces darán a las diferentes clases de pruebas. Con la codificación, se instaura un sistema de pruebas más libre para apreciar las pruebas.

  • Proceso Criminal: Todos los medios de prueba pueden ser admitidos y el juez valorará.
  • Proceso Civil: Se flexibiliza el sistema de pruebas, pero se conservan algunas normas y aparecen otras.

Desde la segunda mitad del siglo XIX, aparecen nuevos medios de prueba que, aunque inicialmente rechazados, terminan siendo aceptados.

Jerarquización de Pruebas en el Derecho Común

El derecho común establece una jerarquización de pruebas en grados, extendida por toda Europa desde los siglos XII y XIII:

1. Notorio (Notorium)

Elaborada entre los siglos IX y XIII. Lo notorio no necesita ser probado, no puede ser discutido en el juicio y no se puede recurrir. Tipos:

  • Notorium facti: Cosas que todo el mundo ha visto o escuchado, hechos que se han producido delante del tribunal.
  • Notorium iuris:
    • Cosa juzgada: Lo que está establecido en sentencia firme.
    • Confesión en el juicio: Reconocimiento de la propia culpabilidad, aunque fuera obtenido bajo tortura. Se advierte que la confesión no debe ser premiada, ya que puede producirse por miedo o bajo presión. En Castilla, se dice que "el que calla otorga", mientras que en Cataluña, "el que calla no dice nada".
    • Presunción iuris et de iure: No se puede discutir lo que el derecho dice que es cierto, y por eso no se admite la prueba que vaya en contra de lo que dice el derecho.

2. Prueba Plena (Probatio Plena)

Permite dictar sentencia, pero puede ser discutida en el juicio y es posible su recurso:

  • Dos testimonios: Establece algunas limitaciones de la capacidad de testificar y una serie de circunstancias que anulan o limitan la credibilidad de los testimonios.
  • Instrumento público: Documentos dotados de fe pública. Se presupone la veracidad de las escrituras de notarios, instituciones de gobierno, etc.
  • Los hechos que gozan de presunción de veracidad.

3. Prueba Semiplena (Probatio Semiplena)

Permite al juez dictar determinados actos o disposiciones dentro del proceso. El litigante civil que tiene esta prueba a favor la puede completar con un juramento, y el acusado del crimen que la tiene en contra la puede destruir con un juramento purgatorio. Dos pruebas semiplenas hacen una plena. Ejemplos: un testimonio, un documento privado, la fuga, la fama (estas dos últimas hacen presumir la culpabilidad). En muchas épocas, son consideradas indicios.

4. Indicio (Indicium)

Es todo lo que indica una posible relación de causa-efecto en una materia litigante (enemigo de la víctima, haber recibido amenazas, etc.) y que no llega a constituir una prueba plena. En la Edad Moderna, los indicios se asignaron en fracciones de prueba (1/4, 1/8, etc.) que podían ser sumados y formar una prueba plena o semiplena. Esta prueba basada únicamente en indicios se llamaba prueba privilegiada.

Estas pruebas se aplicaban a delitos de prueba difícil y en los que la autoridad determinaba. Como dice Dou, a estas pruebas se les da un valor superior debido a la naturaleza de la materia y por la necesidad de vindicta publica, pues si no hubiera pruebas, muchos de los delitos que se hacen de noche o a oscuras quedarían sin castigo. El autor hace una apología de la necesidad de respetar la presunción de inocencia, que no se aplica a delitos cometidos en secreto y que no son de los que acostumbran a cometerse.

La Tortura Judicial: La Quaestio

La Quaestio era un proceso dentro del proceso en el cual se amenazaba con maniobras dolorosas sobre el cuerpo del sujeto con el fin de que este confesara su crimen o los testimonios declararan lo que saben. La equiparación del delito con el pecado llevaba a aplicar todos los medios posibles y racionales con tal de conseguir una confesión.

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