Ramas del Derecho y Estructura Detallada de la Constitución Española
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Ramas del Derecho
- Derecho Mercantil: Regula la actividad de producción y comercio, las sociedades mercantiles, los contratos del tráfico mercantil, los bancos y otras entidades de crédito, el comercio marítimo, la bolsa y los mercados de valores, y los títulos valores.
- Derecho Laboral: Estudia el contrato de trabajo, los derechos de los trabajadores, la regulación de la jornada laboral, el sueldo, las causas de despido, y también regula los sindicatos, los convenios de trabajo y la huelga.
- Derecho Internacional Privado: Analiza las relaciones personales, patrimoniales y comerciales entre sujetos de distintos países y, por lo tanto, con posible aplicación de legislaciones diversas. En tal caso, se debe determinar, por un lado, cuál será el Derecho aplicable y, por otro lado, qué tribunal es competente para conocer y resolver el pleito.
Estructura de la Constitución Española
Título Preliminar (Artículos 1 al 9)
Regula los principales rasgos que caracterizan a nuestro Estado.
Título I (Artículos 10 al 55)
Contiene el elenco de los derechos fundamentales y libertades públicas, derechos y deberes de los ciudadanos y principios rectores de la política social y económica.
Título II (Artículos 56 al 65)
Dedicado a regular la Corona. Es el primero de los títulos dedicados a la parte orgánica porque contiene la regulación de los órganos del Estado.
Título III (Artículos 66 al 96)
Regula las Cortes Generales. Contiene el procedimiento de elaboración de las diferentes leyes.
Título IV (Artículos 97 al 107)
Trata del Gobierno y la Administración. Regula las funciones del Gobierno y el procedimiento de nombramiento del mismo.
Título V (Artículos 108 al 116)
Aborda las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
Título VI (Artículos 117 al 127)
Se centra en el Poder Judicial. Regula las funciones de jueces y tribunales, y el Consejo General del Poder Judicial como órgano de gobierno de los jueces.
Título VII (Artículos 128 al 136)
Versa sobre Economía y Hacienda. Regula el Presupuesto como instrumento básico de la política financiera del Estado y los impuestos.
Título VIII (Artículos 137 al 158)
Describe la Organización Territorial del Estado. Regula la formación de las Comunidades Autónomas y sus competencias.
Título IX (Artículos 159 al 165)
Detalla la composición y funciones del Tribunal Constitucional. El Tribunal Constitucional actúa resolviendo recursos y cuestiones de inconstitucionalidad, y conflictos de competencia.
Título X (Artículos 166 al 169)
Dedicado a regular la Reforma de la Constitución. Contempla dos tipos de reforma: rígida (cuando afecta a partes esenciales de la Constitución) y ordinaria (afecta al resto del articulado).