Reconocimiento Oficial de Establecimientos Educacionales: Requisitos Legales y Obligaciones del Sostenedor
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El Reconocimiento Oficial de Establecimientos Educacionales: Requisitos y Exigencias para Sostenedores
El reconocimiento oficial es un concepto fundamental en la regulación de los establecimientos educacionales.
Aspectos Clave del Reconocimiento Oficial
- Se reúnen en una sola norma los requisitos para el reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales que impartan enseñanza en los niveles parvulario, básico y medio.
- Se aumentan las exigencias para ser sostenedor, incluyendo:
- Ser una persona jurídica.
- Tener un giro exclusivo en educación.
- Acreditar solvencia económica.
- Establecer la responsabilidad solidaria de gerentes y administradores.
- Se crea un registro público de sostenedores y de establecimientos con reconocimiento oficial.
Requisitos para el Reconocimiento Oficial de Establecimientos
Para obtener el reconocimiento oficial, los establecimientos educacionales deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener un sostenedor que cumpla con las exigencias legales.
- Contar con un proyecto educativo y de desarrollo institucional definido.
- Ceñirse a las Bases Curriculares, en el caso de la educación parvularia, y/o a los Planes y Programas de estudio vigentes.
- Tener y aplicar un reglamento que se ajuste a las normas mínimas nacionales sobre evaluación y promoción de los alumnos.
- Comprometerse a cumplir los estándares nacionales de desempeño y resultados educativos.
- Contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar.
- Comprometerse a crear, en los establecimientos educacionales de nivel básico y medio, un Consejo Escolar.
- Poseer el personal docente idóneo que sea necesario y el personal administrativo y auxiliar suficiente y calificado.
- Acreditar que el local en el cual funciona el establecimiento cumple con las normas de general aplicación (infraestructura, seguridad, etc.).
- Disponer de mobiliario, equipamiento, laboratorios, talleres, biblioteca escolar, elementos de enseñanza y material didáctico adecuados.
Requisitos Específicos para el Sostenedor
El sostenedor debe cumplir con las siguientes condiciones:
- Ser una Persona Jurídica de derecho público, tales como Municipalidades y otras entidades creadas por ley, o Corporaciones y Fundaciones con objeto social único: la educación.
- Los representantes legales, gerentes o administradores deberán cumplir requisitos específicos:
- Poseer un título profesional de al menos 8 semestres.
- No haber sido sancionado con las inhabilidades para ser sostenedor por infracciones graves a la Ley de Subvenciones.
- No haber sido condenado por crimen o simple delito del Título VII del Libro II del Código Penal, y/o la Ley Nº 20.000, y otros que establezca la ley.
- La calidad de sostenedor no podrá transferirse ni transmitirse en caso alguno y bajo ningún título.