Recurso de apelación en Venezuela: concepto, legitimación y efectos
Resumen
El documento explica el recurso de apelación en el derecho procesal venezolano: su concepto y finalidad, los principios del doble grado de jurisdicción y dispositivo, y quiénes están legitimados para apelar, incluidas las excepciones. También analiza los efectos suspensivo y devolutivo, con sus fundamentos en los artículos 290, 291 y 524 del Código de Procedimiento Civil.
Puntos clave
- La apelación es un medio de impugnación que pide a un juez de segundo grado un nuevo examen de la sentencia de primera instancia para reformarla.
- En Venezuela rige el doble grado de jurisdicción: la apelación se resuelve en segunda instancia y su fallo causa ejecutoria, salvo recurso de casación.
- Por los principios dispositivo y de personalidad, el juez superior solo conoce las cuestiones sometidas por las partes y en la medida del agravio sufrido.
- Los apoderados de las partes (Art. 150 CPC), el tercero que demanda por tercería y el citado de saneamiento pueden apelar.
- El efecto suspensivo impide ejecutar la sentencia apelada, pues solo son ejecutables las sentencias definitivamente firmes (Art. 524 CPC).
- El efecto suspensivo solo se produce respecto de sentencias definitivas (Art. 290 CPC); las interlocutorias se oyen en el efecto devolutivo (Art. 291 CPC).
- El efecto devolutivo, según Couture, desasigna al juez inferior del asunto y lo somete al superior.
El Recurso de Apelación: Concepto y Fundamentos en el Derecho Procesal Venezolano
La apelación es el recurso mediante el cual la parte o los terceros que han sufrido agravio por la sentencia del juez de primer grado de jurisdicción, solicitan un nuevo examen de la relación controvertida por el juez superior o de segundo grado, quien debe dictar la sentencia final. Es un medio de impugnación de la sentencia dirigido a eliminar la injusticia de esta mediante su reforma.
Principios Fundamentales de la Apelación en Venezuela
En Venezuela rige el sistema del doble grado de jurisdicción, que admite solo una apelación en segunda instancia, y el fallo de esta última causa ejecutoria, salvo recurso de casación. En base a los principios dispositivo y de personalidad del recurso de apelación, el juez superior solo puede conocer las cuestiones que le sean sometidas por las partes mediante la apelación y en la medida del agravio sufrido en la sentencia de primer grado.
Sujetos Legitimados para Apelar
En principio, solo pueden apelar las partes. No obstante, cuando estas gestionen el juicio por medio de apoderados (Art. 150 CPC), estos deben considerarse legitimados para apelar. También se incluye dentro del concepto de parte a quien intenta una demanda por tercería y al citado de saneamiento.
Excepciones a la Legitimación para Apelar
Sin embargo, se admiten algunas excepciones:
- Cuando el fallo, por su motivación, le puede ocasionar perjuicio, pero siempre que se trate de considerandos no invocados por la parte vencedora, sino suplidos por el juez y que, además, esos considerandos sean los que justificaron el triunfo.
- Cuando la infracción cometida es la de una disposición de orden público, porque al abstenerse de apelar el favorecido, convendría en la relajación del precepto que mantiene el orden público.
Efectos del Recurso de Apelación
Efecto Suspensivo
En virtud de este efecto, se suspende la ejecución de la sentencia apelada, ya que podría ser revocada. La justificación jurídica de este efecto se encuentra en el artículo 524 CPC, que explica que solo son objeto de ejecución las sentencias definitivamente firmes, esto es, aquellas contra las cuales han quedado precluidos los recursos, incluyendo el extraordinario de Casación.
Este efecto solo se produce respecto de las sentencias definitivas (Art. 290 CPC), y no respecto de las sentencias interlocutorias, en las cuales solo se oyen en el efecto devolutivo (Art. 291 CPC).
Efecto Devolutivo
Couture lo define como el efecto inherente al recurso de apelación, consistente en desasir al juez inferior del conocimiento del asunto, sometiéndolo al superior.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Quién puede apelar una sentencia en Venezuela?
En principio, solo las partes. Los apoderados que gestionan el juicio también están legitimados, así como quien demanda por tercería y el citado de saneamiento.
¿Qué es el efecto suspensivo de la apelación?
Es el efecto por el cual se suspende la ejecución de la sentencia apelada, porque podría ser revocada. Solo son ejecutables las sentencias definitivamente firmes, según el artículo 524 CPC.
¿Cuál es la diferencia entre el efecto suspensivo y el devolutivo?
El efecto suspensivo paraliza la ejecución de la sentencia, mientras que el devolutivo traslada el conocimiento del asunto del juez inferior al superior. El suspensivo solo aplica a sentencias definitivas.
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