Recursos Administrativos y Silencio Administrativo en el Derecho Público
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Notificación de los Actos Administrativos
Los actos administrativos se notifican de la siguiente manera:
- Efectos generales: Se publican en la gaceta oficial correspondiente al organismo que toma la decisión.
- Efectos particulares: Se notifican a los interesados en el asunto.
Silencio Administrativo
El silencio administrativo es una excepción. Si un órgano de la administración no resuelve un asunto o recurso dentro del lapso correspondiente, se considera que ha resuelto de forma negativa.
Recursos Administrativos
Es un procedimiento de segundo grado en el cual los interesados impugnan ante el mismo órgano que dictó el acto administrativo o ante un superior jerárquico, cuando el acto administrativo definitivo lesiona sus derechos subjetivos o intereses legítimos, personales y directos.
Características Generales de los Recursos
- Se interponen cuando los actos administrativos lesionan derechos subjetivos o intereses legítimos, personales y directos.
- Deben presentarse por escrito y cumplir con los requisitos del artículo 49 de la LOPA, de lo contrario, no se admitirán y se notificará al interesado la razón de la no admisión.
- Se podrá suspender la ejecución del acto impugnado si pudiera causar un perjuicio grave e irreparable al interesado, o si la impugnación se fundamenta en la nulidad absoluta del acto.
- El órgano competente para decidir el recurso de reconsideración o el jerárquico podrá confirmar, modificar o revocar el acto impugnado.
- No se puede acceder a la vía contencioso-administrativa sin agotar los recursos de reconsideración o jerárquico. Sin embargo, según el artículo 7 #10 de la LOAP, en algunos casos no es necesario agotar ambos recursos y se puede acudir directamente a la vía contencioso-administrativa.
Recurso de Reconsideración
Es un recurso ordinario que se interpone ante el órgano que dictó el acto administrativo definitivo para que lo reconsidere (no revise). Debe interponerse dentro de los 15 días siguientes a la notificación del acto impugnado.