Reformas Borbónicas y la Constitución de 1812: El Nacimiento del Liberalismo en España
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Reformas en la organización del Estado: la monarquía centralista
Imitando el centralismo francés, los Borbones aprovecharon el apoyo que Aragón, Valencia, Cataluña y Baleares prestaron al pretendiente austriaco para unificar leyes y acabar con sus Cortes y organismos forales. De este modo, impusieron la legislación y las instituciones castellanas, estableciendo en estos territorios Audiencias y capitanes generales. Posteriormente, Cataluña recuperó parte de su derecho particular (Derecho Civil). Por su apoyo a Felipe V, el País Vasco y Navarra conservaron sus privilegios forales.
Junto al centralismo, se buscó la eficacia: se vació de contenido político a los Consejos, que fueron sustituidos por las Secretarías de Estado y de Despacho. Estas estaban formadas por personas que trabajaban directamente con el rey, intermediando a menudo con los Consejos restantes. Inicialmente, existían siete secretarías que compartían poder con el Consejo de Castilla, el cual seguía siendo el tribunal supremo y máximo encargado de la política interior. En esta tarea, era ayudado por las intendencias (provincias), encargadas de la justicia o del reclutamiento a menor escala.
Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812
Convocatoria y ambiente liberal
En septiembre de 1810 se convocaron las Cortes con el fin de disolver la Junta Central y formar un Consejo de Regencia. En ellas predominaban las ideas liberales, y el ambiente revolucionario que se respiraba en las Cortes de Cádiz impulsó la labor de figuras como Campmany, Gallego, Argüelles o el Conde de Toreno. El objetivo principal era crear un proyecto liberal para transformar España en una monarquía parlamentaria y eliminar las estructuras políticas y sociales del Antiguo Régimen.
La Constitución de 1812: «La Pepa»
La Constitución fue aprobada el 19 de marzo de 1812, día de San José, por lo que es popularmente conocida como «La Pepa». Se trata de un texto de gran extensión, compuesto por 384 artículos distribuidos en 10 títulos. Sus principios fundamentales eran:
- Soberanía nacional: Se afirma que la soberanía reside esencialmente en la Nación.
- Monarquía hereditaria y división de poderes: Se establece una monarquía moderada hereditaria con una estricta división de poderes:
- Poder ejecutivo: Ejercido por el rey.
- Poder legislativo: Reside en las Cortes junto con el rey. Las Cortes eran unicamerales y elegidas por sufragio universal masculino indirecto para varones mayores de 25 años.
- Poder judicial: Correspondía a los tribunales de justicia.
- Confesionalidad del Estado: Se reconoce expresamente la exclusividad de la religión católica.
- Ejército permanente: Se establece un ejército permanente bajo la autoridad de las Cortes.
Balance y consecuencias
La Constitución de 1812 significó la entrada de España en el liberalismo constitucional, rompiendo con las bases del Antiguo Régimen. La burguesía liberal se hizo con el poder, pero no logró conectar con el pueblo, ya que el campesinado no estaba representado en las Cortes. Además, la nobleza y el clero aún conservaban una notable influencia política. Esto posibilitó que, con la llegada de Fernando VII al poder en 1814, este no tuviera dificultades para derogar toda la obra legislativa de Cádiz y restaurar el absolutismo.