Reformas borbónicas en España: administración y ejército del siglo XVIII
Resumen
El documento explica las reformas de la administración central y territorial implantadas por los Borbones en el siglo XVIII, incluyendo las Secretarías de Despacho, el Consejo de Castilla y la figura del Intendente. También describe la reforma del ejército y la armada, inspirada en modelos franceses, y la resistencia que encontraron por parte de la nobleza, el clero y el mundo rural.
Puntos clave
- Las antiguas Secretarías de Despacho dieron lugar a los ministerios, y el acceso a ellas pasó a basarse en la valía y no solo en la nobleza.
- De los consejos de los Austrias solo sobrevivió el Consejo de Castilla, y el de Indias conservó cierta importancia.
- Las Cortes de la Corona de Aragón se integraron en las Cortes de Castilla, aunque con funciones limitadas.
- Desaparecieron las instituciones propias de la Corona de Aragón y los virreinatos, y solo Navarra, Álava, Guipúzcoa y Vizcaya conservaron sus fueros.
- El cargo de Intendente, de origen francés, permitió la intervención estatal en la administración territorial y el fomento de la riqueza.
- El ejército se reorganizó en infantería, caballería, artillería e ingenieros, y en 1767 se estableció el servicio militar obligatorio mediante quintas.
- La oposición a las reformas procedió de la nobleza, el clero y el mundo rural, muy aferrados al catolicismo tradicional y reacios al pensamiento ilustrado.
La Administración Central
Las antiguas Secretarías de Despacho (recordemos el papel de los secretarios en tiempos de Felipe II) dieron lugar a las distintas Secretarías, hoy conocidas como Ministerios. El acceso a estos ministerios estaba reservado a personas de valía; antes, solo podían acceder los nobles. Esta medida representó la mejor manera de luchar contra los privilegios. Entre los representantes de las Secretarías se formó una Junta Suprema de Estado, cuyo equivalente actual es el Consejo de Ministros.
De todos los Consejos existentes en tiempos de los Austrias (de Indias, de Aragón, de Castilla, de Italia, de Hacienda), solo sobrevivió el Consejo de Castilla. A través de este, se aprobaron reformas en todo el país. Además, el Consejo de Indias conservó cierta importancia. Las Cortes de los reinos de la Corona de Aragón dejaron de reunirse por separado y se integraron en las Cortes de Castilla, que se convirtieron en las Cortes Generales del Reino. No obstante, sus funciones eran limitadas.
La Administración Territorial
Desaparecieron las instituciones típicas de la Corona de Aragón y los virreinatos, como ya se ha mencionado. La idea fundamental era que todo se sometiera a la ley castellana, tal y como había soñado el Conde-Duque de Olivares en el siglo XVII. Solamente Navarra, Álava, Guipúzcoa y Vizcaya conservaron sus fueros.
Destacó también la creación del cargo de Intendente, de origen francés, que posibilitó la intervención estatal en toda la administración territorial. Era el responsable del control económico y de recursos, y el encargado de promover todas las iniciativas para el fomento de la riqueza.
Desde el punto de vista político, todos los reinos estaban gobernados por el Capitán General, como ya se ha señalado, con funciones civiles y militares. Desde el punto de vista jurídico, en cada reino las Audiencias funcionaban con las mismas leyes que la castellana y en idioma castellano.
La Reforma del Ejército y de la Armada
Estas reformas, como casi todas, estuvieron inspiradas en modelos franceses. Se suprimieron así los tradicionales tercios y se implantó el sistema de brigadas, regimientos, batallones, compañías y escuadrones. El ejército se dividió en cuatro cuerpos: infantería, caballería, artillería e ingenieros, similar al actual. También cambió el uniforme, más en consonancia con la moda de la época.
En 1767 se estableció el servicio militar obligatorio mediante el sistema de quintas, utilizado hasta hace pocos años. La Flota se renovó; era necesaria una flota moderna y eficaz para garantizar el prestigio nacional y las relaciones con las colonias. Ensenada inició su reforma en 1750 dictando leyes, entre otras, la de protección de bosques, lo que denota una preocupación que hoy llamaríamos "ecológica". Como marino, destacó Jorge Juan con sus expediciones alrededor del mundo y a América.
La Reacción contra la Modernización: Opositores a las Reformas
Frente a los partidarios de las reformas, principalmente burgueses, se encontró un hondo espíritu reaccionario en la nobleza y el clero, por un lado, y en el mundo rural, por otro. En general, eran estamentos aferrados a su catolicismo tradicional barroco desde la época de los Austrias, impermeables a cualquier renovación que no veían con buenos ojos y reaccionarios ante el pensamiento ilustrado proveniente del exterior, especialmente de Francia.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué era el cargo de Intendente en las reformas borbónicas?
El Intendente era un cargo de origen francés encargado del control económico y de recursos en la administración territorial. Su función era también promover iniciativas para el fomento de la riqueza.
¿Qué sistema de reclutamiento militar se estableció en 1767?
En 1767 se estableció el servicio militar obligatorio mediante el sistema de quintas. El texto señala que este sistema se utilizó hasta hace pocos años.
¿Qué reinos conservaron sus fueros tras las reformas?
Solamente Navarra, Álava, Guipúzcoa y Vizcaya conservaron sus fueros. El resto de territorios quedó sometido a la ley castellana.
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