Régimen, Afiliación y Prestaciones Clave de la Seguridad Social (Maternidad e Incapacidad)

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Conceptos Fundamentales y Prestaciones de la Seguridad Social Española

Definición y Alcance de la Seguridad Social

La Seguridad Social protege a determinados grupos de personas frente a riesgos o contingencias que puedan surgir en sus vidas y que originan situaciones de necesidad.

Tipos de Prestaciones

Las prestaciones se clasifican en dos grandes categorías:

  • Prestaciones Contributivas: Dependientes de las cotizaciones que los trabajadores efectúan al régimen de la Seguridad Social (S.S.) al que pertenecen.
  • Prestaciones No Contributivas: Independientes de la contribución económica, dirigidas a personas con escasos recursos que cumplen ciertos requisitos de necesidad.

Regímenes de Afiliación

Régimen General y Regímenes Especiales

  • Régimen General: Incluye a los trabajadores por cuenta ajena que presten servicios en empresas del sector industrial o de servicios.
  • Regímenes Especiales: Se establecen cuando la naturaleza de la actividad, sus condiciones de trabajo y lugar, o la particularidad de sus procesos productivos hacen necesaria una regulación propia.

Afiliación y Cobertura de Contingencias

La Afiliación es obligatoria, única para todo el sistema y da lugar a la asignación de un número de afiliación de carácter vitalicio.

El empresario deberá comunicar si opta por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o una mutua colaboradora para la cobertura de contingencias profesionales.

Clasificación General de las Prestaciones

Los Beneficiarios son las personas incluidas en cualquier régimen de la Seguridad Social. Las prestaciones se dividen en:

  1. Prestaciones Económicas: Se subdividen en cuatro clases:
    • Pensiones
    • Subsidios
    • Indemnizaciones
    • Otras prestaciones
  2. Prestaciones en Especie.

Prestaciones Específicas: Maternidad e Incapacidad

Maternidad y Paternidad (Nacimiento y Cuidado del Menor)

Esta prestación cubre a trabajadores por cuenta ajena o propia en alta o situación asimilada.

  • Duración: 16 semanas ininterrumpidas.
  • Prestación Económica: Equivale al 100% de la base reguladora.
Requisitos de Periodo de Cotización
  • General: 180 días dentro de los 7 años anteriores a la fecha del parto o 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
  • Menores de 21 años: No se exige periodo mínimo de cotización.
  • Entre 21 y 26 años: 90 días cotizados dentro de los 7 años anteriores al inicio del descanso.

Grados de Incapacidad Permanente

La Incapacidad Permanente se clasifica según el grado de afectación a la capacidad laboral del trabajador:

Incapacidad Permanente Parcial
Puede seguir ejerciendo las tareas, aunque necesite una readaptación.
Compensación: Indemnización de 24 mensualidades de la base reguladora.
Incapacidad Permanente Total
Inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra.
Compensación: Pensión vitalicia del 55% de la base reguladora. Se incrementará un 20% (Total Cualificada) a partir de los 55 años cuando se presuma la dificultad para obtener empleo en actividad distinta a la habitual.
Incapacidad Permanente Absoluta
Inhabilita al trabajador para toda profesión.
Compensación: Pensión vitalicia del 100% de la base reguladora.
Gran Invalidez
El trabajador necesita la asistencia de otra persona para actos esenciales (vestirse, comer, etc.).
Compensación: Pensión vitalicia del 100% de la base reguladora más un 50% adicional destinado a la persona que presta el cuidado.

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