Régimen de Capacidad Legal y Periodo de Prueba en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)

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Capacidad de las Partes en el Contrato de Trabajo

Las normas del derecho común respecto a la capacidad de las personas en general, a la requerida para celebrar el contrato de trabajo, y a las normas de derecho laboral. La Ley de Contrato de Trabajo (LCT), ampliando lo establecido en el Código Civil, ha establecido que:

Personas con Capacidad para Celebrar Contrato de Trabajo

Tienen capacidad para celebrar un contrato de trabajo las siguientes personas:

  1. Los mayores de edad.
  2. Los menores a partir de 18 años.
  3. La mujer casada, sin necesidad de autorización del marido.
  4. Los menores emancipados por matrimonio.
  5. Los mayores de 14 años y menores de 18 que vivan independientemente de sus padres o tutores y ejerzan cualquier tipo de actividad autorizada por ellos.

Restricciones para Ejercer el Comercio y Ser Empleador

No tienen capacidad para ejercer el comercio y, por ende, no pueden ser empleadores:

  1. Menores no emancipados.
  2. Quebrados no habilitados.
  3. Discapacitados.
  4. Disminuidos mentales.

El Periodo de Prueba en el Contrato de Trabajo Indeterminado

En los contratos de trabajo por tiempo indeterminado se prevé un periodo inicial, mediante el cual el empleador o el trabajador pueden extinguir esa relación sin que medie indemnización y sin que exista causa que lo justifique. Este es denominado Periodo de Prueba, el cual permite que ambas partes puedan ratificar o no su interés de continuar en esa relación laboral. La Ley de Contrato de Trabajo ha establecido las condiciones bajo las cuales debe ser cumplido:

  • Plazo de Vigencia

    El plazo de vigencia es de 3 meses, pudiéndose extender hasta 6 meses si así lo establece el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT).

  • Extinción del Vínculo

    La ruptura del vínculo laboral sin causa durante el periodo de prueba no obliga a preavisar ni otorga derecho a indemnización.

  • Utilización

    Solo podrá ser utilizado por el mismo empleador una vez para cada trabajador.

  • Derechos del Trabajador

    El trabajador goza de iguales derechos que los de la misma categoría. Durante este periodo, percibe las asignaciones familiares, el Sueldo Anual Complementario (SAC), etc.

  • Seguridad Social

    Durante el periodo de prueba, las partes están obligadas al pago de los aportes y contribuciones a la seguridad social.

  • Riesgos del Trabajo y Enfermedades Inculpables

    Se encuentra vigente durante el periodo de prueba. Sin embargo, en caso de incapacidad absoluta del trabajador, este no tiene derecho a reclamar la indemnización por dicho concepto.

  • Antigüedad en el Empleo

    El tiempo transcurrido se computa como tiempo de servicio a todos los efectos laborales y de la seguridad social.

  • Prioridad de Empleo

    Los trabajadores que han permanecido en el periodo de prueba tienen prioridad en caso de aumentos en la planta permanente del empleador.

  • Continuidad en el Trabajo

    Si extinguido el periodo de prueba el trabajador continúa trabajando, automáticamente comienza la ejecución de un contrato de trabajo por tiempo indeterminado con todos los efectos que el mismo produce.

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