Régimen de Competencia Penal: Delitos Flagrantes y Jurisdicción de los Tribunales de Control

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Regulación de la Competencia Judicial en Materia Penal

Procedimiento Abreviado en Delitos Flagrantes (Art. 372)

El Ministerio Público podrá proponer la aplicación del procedimiento abreviado previsto en este Título, cuando se trate de delitos flagrantes, cualquiera que sea la pena asignada al delito.

Competencia de los Tribunales de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control (Art. 65)

Es de competencia de los Tribunales de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control el conocimiento de los delitos de acción pública, cuyas penas en su límite máximo no excedan de ocho (8) años de privación de libertad.

Exclusiones de Competencia Municipal

Quedan excluidas de la aplicación de esta norma las causas que se refieran a la investigación de los siguientes delitos:

  • Homicidio intencional y violación.
  • Delitos que atenten contra la libertad, integridad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes.
  • Secuestro y corrupción.
  • Delitos contra el patrimonio público y la administración pública.
  • Tráfico de drogas de mayor cuantía.
  • Legitimación de capitales, delitos contra el sistema financiero y delitos conexos.
  • Delitos con multiplicidad de víctimas y delincuencia organizada.
  • Violaciones a los derechos humanos, lesa humanidad y crímenes de guerra.
  • Delitos contra la independencia y seguridad de la nación.

Competencia de los Tribunales de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control

Es de competencia de los Tribunales de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control el conocimiento de los delitos cuyas penas en su límite máximo excedan de ocho (8) años de privación de libertad.

Igualmente, es competente para el conocimiento de los delitos exceptuados en el único aparte del artículo anterior, indistintamente de la pena asignada.

Competencias Comunes de los Tribunales de Control

Los Tribunales de Control tienen las siguientes competencias comunes:

  • Velar por el cumplimiento de las garantías procesales.
  • Decretar las medidas de coerción que fueren pertinentes.
  • Realizar la audiencia preliminar.
  • Aplicar el procedimiento por admisión de los hechos y las medidas alternativas a la prosecución del proceso.
  • Cualquier otra establecida en este Código o en el ordenamiento jurídico.

Acción de Amparo a la Libertad y Seguridad Personal

También serán competentes para conocer la acción de amparo a la libertad y seguridad personal, salvo cuando el presunto agraviante sea un tribunal de la misma instancia, caso en el cual el tribunal competente será el superior jerárquico.

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