Régimen de Fuentes del Derecho Visigodo y Evolución Constitucional en España

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Sistema de Fuentes Jurídicas Visigodas y Medievales

Fuentes del Derecho

Fuentes Jurídicas

Las fuentes jurídicas principales incluyen:

  • Usos sociales y Costumbres: Incluye el Derecho Consuetudinario.
  • Ley: Derecho establecido por el titular del poder.
  • Jurisprudencia: Doctrina contenida en las sentencias o declaración de voluntad de un juez.
  • Pactos o Tratados (Relevantes especialmente en la Edad Moderna).
  • Literatura Jurídica: Labor de los tratadistas sobre las normas jurídicas.
  • Documentos de aplicación del Derecho: Formularios, escrituras y documentos notariales.
  • Principios Generales del Derecho.

Fuentes No Jurídicas

Incluyen fuentes literarias, históricas, arqueológicas, entre otras.

Fuentes Visigodas Fundamentales

La principal fuente visigoda es el Liber Iudiciorum.

Otras fuentes anteriores son:

  1. Leyes Teodoricianas (Siglo V): Promulgadas por Teodórico I y Teodórico II.
  2. El Código de Eurico: Promulgado por el rey visigodo Eurico en el año 476.
  3. Codex Revisus o Código de Leovigildo: Resultado de la revisión del Código de Eurico realizada por Leovigildo casi un siglo después.
  4. El Breviario de Alarico o Lex Romana Visigothorum: Promulgado por Alarico II en el año 506.

Reiteración de Fuentes Visigodas

La principal fuente visigoda es el Liber Iudiciorum. Otras fuentes anteriores son:

  1. Leyes Teodoricianas (Siglo V): Promulgadas por Teodórico I y Teodórico II.
  2. El Código de Eurico: Promulgado por el rey visigodo Eurico en el año 476.
  3. Codex Revisus o Código de Leovigildo: Resultado de la revisión del Código de Eurico realizada por Leovigildo casi un siglo después.
  4. El Breviario de Alarico o Lex Romana Visigothorum: Promulgado por Alarico II en el año 506.

El Constitucionalismo Español

El constitucionalismo español surge en el siglo XIX, acompañando el proceso que puso fin a la monarquía absoluta e introdujo la monarquía liberal y parlamentaria.

La gran inestabilidad constitucional se debe a que cada constitución responde a la ideología política del momento de su promulgación.

Naturaleza Jurídica del Texto Constitucional

Es fundamental distinguir entre las siguientes categorías:

  • Constitución propiamente dicha: Texto elaborado y aprobado exclusivamente por las Cortes.
  • Constitución pactada: Fruto de un acuerdo formal entre las Cortes y el Monarca.
  • Carta Otorgada: Resultado de una concesión unilateral del Rey.

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