Régimen de Fuentes del Derecho Visigodo y Evolución Constitucional en España
Sistema de Fuentes Jurídicas Visigodas y Medievales
Fuentes del Derecho
Fuentes Jurídicas
Las fuentes jurídicas principales incluyen:
- Usos sociales y Costumbres: Incluye el Derecho Consuetudinario.
- Ley: Derecho establecido por el titular del poder.
- Jurisprudencia: Doctrina contenida en las sentencias o declaración de voluntad de un juez.
- Pactos o Tratados (Relevantes especialmente en la Edad Moderna).
- Literatura Jurídica: Labor de los tratadistas sobre las normas jurídicas.
- Documentos de aplicación del Derecho: Formularios, escrituras y documentos notariales.
- Principios Generales del Derecho.
Fuentes No Jurídicas
Incluyen fuentes literarias, históricas, arqueológicas, entre otras.
Fuentes Visigodas Fundamentales
La principal fuente visigoda es el Liber Iudiciorum.
Otras fuentes anteriores son:
- Leyes Teodoricianas (Siglo V): Promulgadas por Teodórico I y Teodórico II.
- El Código de Eurico: Promulgado por el rey visigodo Eurico en el año 476.
- Codex Revisus o Código de Leovigildo: Resultado de la revisión del Código de Eurico realizada por Leovigildo casi un siglo después.
- El Breviario de Alarico o Lex Romana Visigothorum: Promulgado por Alarico II en el año 506.
Reiteración de Fuentes Visigodas
La principal fuente visigoda es el Liber Iudiciorum. Otras fuentes anteriores son:
- Leyes Teodoricianas (Siglo V): Promulgadas por Teodórico I y Teodórico II.
- El Código de Eurico: Promulgado por el rey visigodo Eurico en el año 476.
- Codex Revisus o Código de Leovigildo: Resultado de la revisión del Código de Eurico realizada por Leovigildo casi un siglo después.
- El Breviario de Alarico o Lex Romana Visigothorum: Promulgado por Alarico II en el año 506.
El Constitucionalismo Español
El constitucionalismo español surge en el siglo XIX, acompañando el proceso que puso fin a la monarquía absoluta e introdujo la monarquía liberal y parlamentaria.
La gran inestabilidad constitucional se debe a que cada constitución responde a la ideología política del momento de su promulgación.
Naturaleza Jurídica del Texto Constitucional
Es fundamental distinguir entre las siguientes categorías:
- Constitución propiamente dicha: Texto elaborado y aprobado exclusivamente por las Cortes.
- Constitución pactada: Fruto de un acuerdo formal entre las Cortes y el Monarca.
- Carta Otorgada: Resultado de una concesión unilateral del Rey.
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