Régimen Jurídico y Competencias del Síndic de Greuges y la Sindicatura de Cuentas Valenciana
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T11 y T12. Instituciones de Control de la Comunidad Valenciana
El Síndico de Agravios (Síndic de Greuges)
El Síndico de Agravios es el Alto Comisionado de las Cortes Valencianas.
Régimen Jurídico y Fines
- Fin principal: La defensa de los derechos y libertades comprendidos en el Título I de la Constitución Española.
- Objetivo: Supervisar la actuación de la Administración Pública (AP) de la Comunidad Valenciana (CV).
- Competencias: Otorgadas específicamente en el artículo 38 del Estatuto de Autonomía (EA).
Funciones de Investigación
Su función principal es investigar actos y resoluciones de la Administración de la Generalitat, funcionarios y demás personal que puedan haber vulnerado derechos y libertades de los ciudadanos.
Sujetos a investigar:
- La Administración autonómica.
- La Administración local de la CV.
- Los concesionarios de las administraciones anteriores.
Para el ejercicio de estas funciones, se le dota de libre acceso a archivos y registros.
Nombramiento y Remoción
- Nombramiento: Por el Pleno de la Cámara, mediante una mayoría no inferior a dos tercios (2/3).
- Período: Cinco (5) años.
- Requisitos: Cualquier persona mayor de edad, en pleno uso de sus derechos y que ostente la condición política de valenciano.
Resoluciones y Procedimiento
Las resoluciones del Síndico pueden consistir en:
- Advertencias.
- Recomendaciones.
- Recordatorios de sus deberes legales.
- Sugerencias para nuevas medidas.
La Administración debe responder por escrito en un término no superior a un (1) mes.
Si no hay respuesta, el Síndico debe poner en conocimiento de la máxima autoridad los antecedentes del asunto mediante un informe. A la vista del contenido de dicho informe, la Comisión de Peticiones podrá solicitar la instrucción del expediente para la depuración de las responsabilidades disciplinarias o, en su caso, de responsabilidad penal.
La Sindicatura de Cuentas
Funciones
- El control externo de la gestión económico-financiera del sector público valenciano.
- Conocer las auditorías realizadas bajo la dirección de la Intervención General de la Generalitat Valenciana (GV).
Órganos de la Institución
El Síndico Mayor
Nombrado por un período de tres (3) años.
El Consejo
Es el órgano supremo de la institución y posee potestad reglamentaria para el ejercicio de sus funciones.
- Composición: Tres (3) Síndicos, nombrados por un período de seis (6) años.
- Requisitos de los Síndicos: Personas con alta cualificación, con título de Derecho, Económicas, Empresariales, Profesor de Mercantil o funcionarios con más de 10 años de experiencia.
- Además, se procede a la elección de un Secretario.
Los Auditores
Bajo la dependencia de los Síndicos, dirigen a los técnicos, realizando labores de supervisión y control. Poseen títulos de Derecho, Económicas, Profesor Mercantil o Empresariales.