Régimen Jurídico de la Comunidad de Bienes y Derechos
Clasificado en Derecho
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La Comunidad de Derecho
Concepto de Comunidad
Cuando el derecho en sentido subjetivo se encuentra atribuido a más de un sujeto, es decir, cuando existe pluralidad personal en la posición activa de la relación jurídica, estamos en presencia de una comunidad de derecho.
La Comunidad en Sentido Técnico
La comunidad en sentido técnico indica la distribución entre varios sujetos del contenido real del derecho, y así distinguimos:
Comunidad pro-indivisa
Constituye la comunidad en sentido técnico y representa el reparto del contenido de un derecho único en cuotas adjudicadas a dos o más sujetos cotitulares.
Comunidad pro-divisa
Supone que la cosa o el bien común se encuentra dividida en diversas partes, y sobre cada una de ellas recae el derecho de uno de los comuneros.
Clases de Comunidad
Según su origen o nacimiento
Convencional
Aquella que resulta del acuerdo de voluntad de dos o más personas.
Incidental
Surge de un hecho o una situación accidental temporal, no de la voluntad expresa de las partes.
Legal
Su origen se encuentra en la voluntad de la ley, que la impone en determinadas circunstancias.
Según la facultad de los particulares para pedir la división
Ordinaria
Cuando los partícipes tienen la facultad de pedir la división de la cosa común en cualquier momento.
Forzosa
Cuando el destino de la cosa o su naturaleza no admite la división, o esta está prohibida por ley o pacto.
Según su modo de adquisición
Ordinaria
Cuando la comunidad nace independientemente de un nexo que la genere directamente.
Derivativa
Cuando su existencia depende de un hecho jurídico previo que produce la situación comunitaria.
Fuentes de la Comunidad
La voluntad o el pacto entre comuneros
Donde los participantes van a establecer, a través del pacto, los principios y reglas que van a regir la relación comunitaria, regulando así el conjunto de derechos a favor de los comuneros, así como los deberes a su cargo.
La Ley
Las disposiciones legales que constituyen fuentes de la comunidad pueden ser particulares o generales:
Disposiciones especiales que rigen casos específicos de comunidad
Por ejemplo, la comunidad de bienes gananciales durante el matrimonio, los casos de comunidad originaria en la comunidad mobiliaria, o la comunidad hereditaria.
Disposición general del Código Civil sobre la comunidad
Establece que los bienes se regirán por las disposiciones que contemple el Código Civil, a falta de pacto entre los comuneros o de disposiciones especiales.