Régimen Jurídico de la Excedencia Laboral y la Estructura de la Seguridad Social en España
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Régimen de Excedencias: Modos de Suspensión del Contrato
La excedencia es un modo de suspensión del contrato de trabajo que conlleva diferentes derechos y obligaciones según su naturaleza:
Excedencia Forzosa
Otorga el derecho a la conservación del puesto y al cómputo de la antigüedad de su vigencia (en total). Se aplica a todos aquellos que han sido nombrados para un cargo público representativo.
Excedencia Voluntaria
Confiere el derecho de reingreso preferente en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa.
Excedencia por Cuidado de Familiares
Incluye la excedencia por cuidado de hijos, la cual no puede ser superior a 3 años por cada hijo.
Concepto y Ámbito de Aplicación de la Seguridad Social
La Seguridad Social garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación —bien por realizar una actividad profesional, bien por tener los requisitos necesarios para la modalidad no contributiva—, así como a los familiares o asimilados a su cargo, la protección de las contingencias y situaciones que define.
El sistema opera bajo dos modalidades:
- Contributiva: Basada en la contribución de contingencia.
- Asistencial: Basada en la modalidad no contributiva.
Sujetos Incluidos en el Campo de Aplicación
Están incluidos todos los españoles y extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, que ejerzan su actividad en territorio nacional, y que estén incluidos en alguno de los siguientes apartados:
- Trabajadores por cuenta ajena.
- Trabajadores por cuenta propia (autónomos).
- Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
- Estudiantes.
- Funcionarios públicos, civiles o militares.
Estructura del Sistema de Seguridad Social
Régimen General
Sujetos Incluidos en el Régimen General
- Los trabajadores españoles por cuenta ajena.
- Los trabajadores españoles no residentes en España en determinados supuestos (funcionarios, empleados de organismos internacionales, etc.).
- El personal de la Administración Local.
- Los extranjeros con permiso de residencia y trabajo que trabajen por cuenta ajena en España, salvo los ciudadanos de países comunitarios, que no necesitan permiso de trabajo.
Sujetos Excluidos del Régimen General
- Los trabajadores pertenecientes a alguno de los regímenes especiales.
- Las personas que realicen trabajos ocasionales por buena fe, benevolencia, amistad o vecindad.
- El cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes del empresario por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado, cuando convivan con el empresario y estén a su cargo, salvo prueba en contrario de su condición de asalariados.