Régimen Jurídico del GATT: Principios, Estructura y Cláusulas de Salvaguarda

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Organizaciones Económicas de Comercio Exterior

1. El GATT y la Libertad de Comercio

El acrónimo GATT significa General Agreement on Tariffs and Trade (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio).

Ha sido el movimiento más importante hacia el libre cambio, logrando transformar el panorama económico mundial.

1.1 La Carta de La Habana y la Organización Internacional del Comercio (OIC)

En febrero de 1946, el Consejo Económico y Social de la ONU convocó la «Conferencia Mundial sobre Comercio y Empleo».

Esta conferencia tuvo lugar en La Habana hasta 1948. Aunque fue un acuerdo de intenciones que muchos consideraron inviable, culminó con la aprobación de la Carta de La Habana, cuyo objetivo principal era la creación de la Organización Internacional del Comercio (OIC).

Los principios fundamentales propuestos en este periodo fueron:

  • Igualdad de trato a todos los países.
  • Prohibición de restricciones cuantitativas.

1.2 El Origen del GATT

La OIC fracasó antes de su puesta en marcha, principalmente debido a la falta de ratificación por parte de Estados Unidos.

No obstante, este impulso sirvió para fomentar la cooperación internacional y la convocatoria del GATT. En 1948, en Ginebra, 24 países iniciaron las rondas de acuerdos que se extendieron hasta 1995 (47 años de negociaciones).

El GATT se convirtió en el acuerdo comercial de mayor envergadura de la historia, aunque inicialmente no fue concebido como un organismo internacional, sino como un conjunto de reglas contractuales.

1.3 Principios Fundamentales del GATT

El GATT estableció una serie de principios esenciales para la liberalización del comercio internacional:

  1. Transparencia: La única manera de conseguirla es dando la información. Se plasma en las siguientes obligaciones:
    • Notificar las reglamentaciones comerciales.
    • No aplicar aumentos de derechos aduaneros o restricciones cuantitativas.
    • Garantizar la aplicación uniforme, imparcial y equitativa de las leyes (igualdad para todos).
    • Establecer sistemas judiciales rápidos e imparciales.
  2. No Discriminación: Considerado el principio más importante, se articula mediante dos cláusulas clave:
    • Cláusula de la Nación Más Favorecida (CNMF): Si un país otorga una ventaja comercial a otro, el resto de países miembros tienen derecho a pedir sus mismas condiciones.
    • Cláusula de Igualdad de Trato (CIT): Una vez que las mercancías extranjeras han entrado en el territorio de un miembro, deben recibir el mismo trato que las mercancías nacionales.
  3. Reducción General y Progresiva de los Derechos Arancelarios: Los aranceles deben reducirse continuamente y, una vez consolidados, jamás pueden ser subidos.
  4. Prohibición Absoluta de Restricciones Cuantitativas: No se puede decir a un país que no puede ofrecer sus productos; todos los países pueden comercializar en distintos países.
  5. Flexibilidad: En caso de conflicto, se debe favorecer siempre la búsqueda de un acuerdo negociado.

1.4 Cláusulas de Salvaguarda (Excepciones)

El GATT contempla excepciones a los principios fundamentales en los siguientes supuestos:

  • Excepción a la prohibición de restricciones cuantitativas: Por motivos de seguridad, protección de la agricultura o protección de la balanza de pagos.
  • Excepciones por motivos de salud y moral: Para proteger la moral pública, la salud y la vida (humana, animal o vegetal), si se detecta que un producto de un país no cumple las condiciones mínimas.
  • Excepciones a la CNMF: Para favorecer a los países en vías de desarrollo.
  • Regímenes excepcionales: Aplicables a determinados sectores, como el farmacéutico, petróleo, armas, mascotas, etc.

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