Régimen Jurídico del Personal y Contratación en la Administración Pública
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Tipos de Personal al Servicio de la Administración Pública
Funcionario de Carrera
Son aquellos que prestan servicios de forma permanente, figurando en las plantillas y con sueldos a cargo de los Presupuestos Generales del Estado. Trabajan para la Administración manteniendo una relación estatutaria regida por el Derecho Administrativo.
Formas de Acceso:
- Oposición: Prueba o pruebas para seleccionar a los aspirantes.
- Concurso: Valoración de los méritos aportados por los aspirantes.
- Concurso-Oposición: Combinación de las dos anteriores.
Funcionario Interino
Son los que ocupan plazas de plantilla hasta que estas sean cubiertas por funcionarios de carrera. Se agrupan en bolsas y, cuando la Administración necesita cubrir un puesto, acude a esta bolsa y elige al interino por orden de lista.
Personal Laboral
Son los trabajadores que prestan servicios retribuidos por las Administraciones Públicas en cualquiera de las modalidades de contratación (regidos por el Derecho Laboral).
Personal Eventual
Son empleados públicos nombrados en régimen de no permanencia. Su cese suele ser libre y ocupan trabajos de confianza o asesoramiento no reservados a funcionarios de carrera.
Contratación Pública y Licitaciones Administrativas
Naturaleza de los Contratos Públicos
Carácter Administrativo
Incluye contratos de obra, concesión de obra, de servicios, etc., y aquellos de objeto diferente pero con naturaleza administrativa especial. Se rigen por la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).
Carácter Privado
Son los celebrados por entes, organismos y entidades del sector público que no son Administraciones Públicas. Se rigen por la LCSP, pero en cuanto a sus efectos de extinción se rigen por el Derecho Privado.
Procedimientos y Forma de Adjudicación
Cuando las Administraciones no pueden realizar una obra o prestar un servicio, contratan a terceras personas mediante contratos administrativos.
- Al diseñar los criterios de adjudicación, se deben incluir aspectos fáciles de identificar en las condiciones de la licitación.
- Los plazos se marcan por ley y se establecen en días naturales, salvo que se indique lo contrario.
- También debe indicarse si el IVA está incluido o no en el precio.
- La documentación se presentará en sobres cerrados e identificados con la indicación de la licitación y firmados por el licitador, indicando nombre y apellidos o razón social de la empresa.
- Todos los procedimientos se anuncian en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Tipos de Procedimientos de Adjudicación
- Abierto:
- Puede participar cualquier empresario que cumpla con las capacidades y requisitos establecidos.
- Abierto Simplificado:
- Diseñado para agilizar la contratación de ciertas obras, servicios y suministros.
- Restringido:
- Solo se pueden presentar las empresas elegidas por el órgano de contratación.
- Diálogo Competitivo:
- Cuando la Administración no tiene clara la mejor solución, establece este procedimiento con empresas especializadas.
- Negociación:
- Se seleccionan varios candidatos que cumplan los requisitos y, tras negociar las condiciones, se elige a uno.
- Asociación para la Innovación:
- Para casos en los que se requieran investigaciones o desarrollo de productos.
Requisitos y Características del Contrato
- Objeto del Contrato: Debe estar determinado. Un contrato no podrá fraccionarse para evitar los requisitos o la publicidad legal.
- Precio: El servicio, obra o suministro tendrá siempre un precio cierto que se abonará según lo pactado.
- Capacidad: Solo podrán contratar las personas con capacidad de obrar, que no tengan ninguna prohibición y acrediten su solvencia económica.
Acreditación de Solvencia
- Solvencia Económica y Financiera: Deberá acreditarse por medio del volumen anual de negocio o Patrimonio Neto (P. Neto).
- Solvencia Técnica y Personal: Se debe acreditar a través de los certificados de buena ejecución.
Tipos de Contratación (Según Objeto)
- Contrato de Obra:
- Tiene por objeto realizar una obra. El empresario se obliga a realizar la obra por el precio acordado.
- Concesión de Obra:
- Tiene por objeto que el concesionario realice las tareas del contrato de obras.
- Contrato de Servicios:
- Tiene por objeto hacer una prestación directamente a la entidad contratante.
- Concesión de Servicios:
- La Administración otorga a una persona la gestión de un servicio público.
- Contrato de Suministro:
- Tiene por objeto la compra o arrendamiento financiero. El empresario se obliga a dar bienes de forma continua y por un precio cierto.