Régimen Jurídico y Tipología de las Potestades Administrativas: Contenido, Atribución y Supremacía
Clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 3,36 KB
Clasificación de las Potestades Administrativas: Criterios y Tipología
1. Clasificación por su Contenido
Las potestades administrativas pueden ser divididas en numerosas categorías según su contenido, siendo las más importantes:
- Potestad reglamentaria: La de mayor relieve y alcance normativo.
- Potestad de planificación: A menudo se engloba en la reglamentaria (cuando los planes se aprueban por reglamentos), pero en otras ocasiones se concreta en un plan-acto, de contenido no normativo.
- Potestad organizatoria.
- Potestad tributaria.
- Potestad sancionadora.
- Potestad expropiatoria.
- Potestad de ejecución forzosa.
- Potestad de coacción.
- Potestades de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes.
- Potestades de autotutela: Definen la posición jurídica de la Administración frente a la acción de control de los Tribunales, configurando un verdadero principio jurídico: el de autotutela.
2. Clasificación por el Grado de Disponibilidad para Incidir en la Esfera Jurídica de los Ciudadanos
Esta clasificación distingue las potestades según la relación de sujeción que se establece con el administrado:
Potestades de Supremacía General
En estas relaciones, el administrado goza frente a la Administración de todas las garantías plenas que se deducen del marco de derechos otorgados por la Constitución y las leyes.
Potestades de Supremacía Especial
El administrado se encuentra frente a la Administración en una situación de especial dependencia, lo que permite a esta última títulos de intervención más amplios en su esfera jurídica.
El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido que la distinción entre relaciones de sujeción general y especial es imprecisa. No obstante, ciertamente existen supuestos de supremacía especial (como presos, funcionarios, militares o enfermos hospitalizados). En tales relaciones, la Administración tiene atribuidas potestades de especial intensidad sobre los afectados.
3. Clasificación por la Forma de Atribución de la Potestad
Potestades Expresas o Implícitas
Según figuren de forma explícita en la norma (expresas), o se deduzcan implícitamente de los fines que dicha norma atribuye de forma expresa a la Administración (implícitas).
Potestades Específicas y por Cláusulas Generales
Las específicas delimitan muy precisamente los objetivos para los que se otorgan. Por el contrario, si la atribución se contiene en cláusulas generales, los poderes de la Administración abarcan una amplia serie de cometidos, solo genéricamente enunciados en la norma.
Potestades Regladas y Discrecionales
Son regladas aquellas que tienen absolutamente predeterminados en la norma todos los elementos de la potestad. Por el contrario, son discrecionales las que permiten a la Administración un cierto margen de apreciación valorativa en su ejercicio y aplicación.