Régimen Jurídico de los Títulos Valores: Tipos de Transmisión y Clases de Endoso Cambiario
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Clasificación y Naturaleza de los Títulos Valores (TV)
Título Valor en Blanco
Son aquellos documentos en los que no aparece la firma del obligado principal, ni reúnen los otros requisitos formales esenciales del Título Valor (TV).
Título Valor al Portador
- Lleva impresa la cláusula "al portador".
- Se transmite por simple traditio o entrega.
- La entrega del título es la forma de transferir el valor.
- El tenedor del TV se convierte en titular de los derechos contenidos en él.
- Ejemplo: Cheque al portador.
Título Valor a la Orden
- Lleva impresa la cláusula "a la orden".
- Se transfiere por endoso y, excepcionalmente, por cesión.
- La entrega del título es obligatoria una vez endosado.
- En el documento se indica el nombre de la persona legítima titular.
- Ejemplos: Letra de cambio, factura conformada, warrant, cheque giro, etc.
Título Valor Nominativo
- No requiere la inserción de una cláusula específica.
- Se transfiere mediante cesión.
- El cesionario puede exigir la entrega del TV.
- En el texto del TV se debe incluir el nombre del legítimo titular.
- Ejemplos: Acción, certificado de suscripción preferente.
El Endoso: Mecanismo de Transmisión Cambiaria
Definición y Requisitos Formales
El Endoso es la declaración contenida en el mismo título, suscrita por su actual tenedor (endosante), tendente a transmitirlo a otra persona (endosatario). Mediante el endoso, el endosante transfiere íntegramente los derechos derivados del título valor.
Deberá constar en el reverso del título o en una hoja adherida a este, indicándose:
- Nombre del endosatario.
- Nombre, DNI y firma del endosante.
- Clase de endoso.
- Fecha.
Endoso en Blanco
No se señala el nombre de persona determinada para asumir la condición de endosatario.
Clases de Endoso
- Endoso en Propiedad: Transfiere todos los derechos inherentes al TV. La transferencia es absoluta, sin ninguna restricción.
- Endoso en Fideicomiso.
- Endoso en Procuración o Cobranza: No se transfiere la titularidad del título valor, sino que se otorga un mandato al endosatario para que realice las gestiones propias de su cobro. Esta clase de endoso se otorga cuando el endosante no puede o no quiere ocuparse de las diligencias de aceptación, cobro y/o protesto del título valor.
- Endoso en Garantía: Afectación asimilable al derecho real de prenda. Otorga al endosatario la facultad de cobrar la obligación contenida en el título valor o recibir lo que un endosatario en propiedad pague por la adquisición del documento cambiario.