Régimen Legal del Contrato de Trabajo: Sujetos, Elementos y Tipos de Modalidades

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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Definición y Sujetos del Contrato de Trabajo

El Contrato de Trabajo se define como el acuerdo entre dos personas por el que una de ellas, el trabajador, se compromete a prestar determinados servicios por cuenta ajena, bajo la organización del empresario, recibiendo a cambio una retribución.

Sujetos de la Relación Laboral

A. Trabajador: Persona física que desempeña su labor bajo el empresario.

  • Edad: Mayor de 18 años.
  • Menores emancipados: +16 y –18 años (con tutor). Restricciones: No pueden trabajar de noche, ni en trabajos peligrosos, ni horas extraordinarias.
  • Menores no emancipados: +16 y –18 años (con permiso de padre o tutor).
  • Extranjeros: Requieren legislación específica (tarjeta de residencia).
  • Menores de 16 años: Solo para espectáculos públicos (con autorización).

B. Empresario:

  • Persona física: Mayor de 18 años (o menor de 18 emancipado/representante legal).
  • Persona jurídica: Entidades.
  • Comunidad de bienes.

Elementos y Forma del Contrato

Elementos Esenciales del Contrato

  • Consentimiento: Se realiza por mutuo acuerdo de ambas partes.
  • Objeto: Prestación retribuida de servicios mediante salario.
  • Causa: Cesión de los frutos que resultan del trabajo para el empresario y retribución al trabajador.

Forma del Contrato

  • Escrito: Cuando lo exija una disposición legal o lo solicite cualquiera de las partes.
  • Verbal: Contrato indefinido ordinario o eventual por circunstancias de la producción.

Contenido Mínimo del Contrato

Confidencialidad, no competencia, no concurrencia, permanencia y polivalencia funcional.

Duración y Periodo de Prueba

La duración puede ser indefinida o temporal.

El Periodo de Prueba es un tiempo de duración determinado que pueden pactar empresario y empleado al objeto de que ambas partes puedan comprobar la conveniencia de la contratación. Debe pactarse por escrito en el contrato.

Límites del Periodo de Prueba (según modalidad)

  • Titulados: 6 meses o más.
  • Resto de trabajadores: 2 meses.
  • Contratos en prácticas: 2 meses.
  • Apoyo a emprendedores: 1 año (negociable).
  • Contratos temporales: 1 mes.

Derechos y Obligaciones

El trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que el resto de toda la plantilla.

Clasificación de las Modalidades Contractuales

Los tipos de contrato se clasifican en:

  • Indefinido: Ordinario, apoyo a emprendedores, fijo discontinuo.
  • Temporal (Duración Determinada): Formativos (formación y aprendizaje, y en prácticas).
  • A Tiempo Parcial: Indefinido, temporal y fijos periódicos.
  • Otras Modalidades: Contrato de relevo, sustitución, a distancia y trabajo en grupo.

1. Contratos de Duración Determinada

1.1. Contrato por Obra o Servicio Determinado

  • Finalidad: Duración incierta, como la obra por convenio colectivo.
  • Duración: 3 años (4 años máximo).
  • Aviso de finalización: 15 días antes de la finalización.
  • Indemnización: 12 días por año trabajado.
  • Forma: Escrita.

1.2. Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción

  • Finalidad: Atender necesidades derivadas de la producción.
  • Duración: 6 meses (máximo 18 meses).
  • Indemnización: 12 días por año trabajado.
  • Forma: Escrita si excede de 4 semanas.

1.3. Contrato de Interinidad

  • Finalidad: Sustituir a un trabajador con baja de larga duración.
  • Duración: Hasta que vuelva el titular del puesto.
  • Indemnización: No tiene.
  • Forma: Escrita.

2. Contratos Formativos

2.1. Contrato en Prácticas

  • Finalidad: Adquirir experiencia profesional.
  • Requisitos: Estar en posesión de un título medio o superior y formalizarlo dentro de los 5 años anteriores (o 7 años si es persona con discapacidad) y ser menor de 30 años.
  • Duración: De 6 meses a 2 años, con dos prórrogas.
  • Periodo de Prueba: 1 mes (título medio) o 2 meses (título superior).
  • Jornada: Completa o a tiempo parcial.
  • Retribución: El primer año no será inferior al 60% y el segundo año no será inferior al 75% del salario fijado para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto.
  • Seguridad Social (S.S.): Todas las prestaciones.

2.2. Contrato para la Formación y el Aprendizaje

  • Finalidad: Obtener cualificación profesional.
  • Requisitos: Tener +16 años y –25 años (sin límite de edad para personas con discapacidad) que carezcan de la titulación requerida.
  • Duración: 1 año (máximo 3 años), con dos prórrogas.
  • Periodo de Prueba: Regla general.
  • Jornada: No más del 75% el primer año y 85% el segundo año (tiempo de trabajo efectivo).
  • Retribución: Proporcional al tiempo de trabajo efectivo.
  • Seguridad Social (S.S.): Cotiza con cuota fija.

3. Contrato a Tiempo Parcial

  • Objeto: Posibilitar un mayor número de personas empleadas.
  • Duración: Temporal o indefinido ordinario.
  • Horas Extraordinarias: No, solo por fuerza mayor.
  • Horas Complementarias: Horas adicionales que se pueden pactar.

Límites de Horas Complementarias

  • No más del 10% de las horas pactadas (obligatorias).
  • No más del 30% de las horas pactadas (máximo legal).
  • Voluntarias: No más del 15% de las horas pactadas.

Empresas de Trabajo Temporal (ETT)

Las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) gestionan relaciones laborales triangulares. Una ETT es aquella cuya actividad consiste en poner a disposición de otra empresa, llamada Empresa Cliente o Usuaria, y con carácter temporal, trabajadores contratados por ellas. Las ETT también pueden actuar como agencias de colocación.

En este esquema, la ETT contrata a los trabajadores y los pone a disposición de la Empresa Usuaria para que presten servicios. El trabajador es pagado por la ETT, pero presta servicios bajo la organización de la Empresa Usuaria a través de un contrato mediado por la ETT.

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