Régimen Legal de la Fianza: Tipos, Beneficios y Requisitos de Capacidad
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Concepto y Constitución de la Fianza
Habrá fianza cuando una de las partes se hubiera obligado accesoriamente por un tercero y el acreedor de ese tercero aceptase su obligación accesoria. Las partes intervinientes son el fiador y el acreedor.
La fianza requerirá, por regla general, el consentimiento o aceptación del acreedor y solo podrá constituirse unilateralmente si se trata de fianza legal o judicial.
Promesa de Fianza
Si se trata de una promesa de contrato, puede ser retractada antes de ser aceptada (salvo que se renuncie a esa facultad o se esté obligado a mantenerla en el tiempo). Si se retracta antes de la aceptación, la promesa queda sin efecto.
Clasificación de la Fianza según los Beneficios del Fiador
Fianza Simple
Es aquella en la cual el fiador goza de los beneficios de excusión o división.
- Beneficio de Excusión: Derecho del fiador a oponerse a que se haga efectiva la fianza y se le reclame el pago sin que antes se hayan agotado los bienes del deudor principal.
- Beneficio de División: Existe cuando hay varios fiadores y la deuda se divide por partes iguales entre ellos.
Fianza Solidaria
El fiador no tiene los beneficios de la fianza simple, por lo que el acreedor no tendrá que excutir previamente los bienes del deudor principal. Si los fiadores son varios, el acreedor puede reclamar a cualquiera de ellos el total de la deuda.
Clasificación de la Fianza según su Origen
Fianza Convencional, Legal y Judicial
- Fianza Convencional: Se crea mediante acuerdo o convención entre el fiador y el acreedor (requiere la aceptación de este último).
- Fianza Legal: Se debe constituir por imposición de la ley.
- Fianza Judicial: Es la que exigen los jueces en determinados casos.
Fianza Civil o Comercial
Se clasifica según la naturaleza de la obligación principal que se garantice, sea civil o comercial. Se sigue la regla de que lo accesorio (la fianza) sigue la suerte de lo principal (el acto o contrato que se garantice).
Nota importante: La fianza comercial siempre es solidaria y en ella el fiador no tiene los beneficios de excusión y división.
Requisitos de Capacidad para ser Fiador
El artículo 2011 establece que todos los que tienen capacidad para contratar empréstitos, la tienen para obligarse como fiadores. Sin embargo, esta disposición es errónea; la solución es recurrir a las reglas comunes: se requiere capacidad para contratar.
Personas que No Pueden ser Fiadores
No pueden ser fiadores:
- Los menores emancipados.
- Administradores de bienes de corporaciones.
- Los tutores, curadores y todo representante necesario, aun con autorización del juez.
- Los administradores de sociedades.
- Los mandatarios en nombre de sus constituyentes.
Forma y Prueba de la Fianza
Al ser un acto no formal, la fianza puede contraerse de cualquier manera: verbal o escrita, por documento privado o público.
Importante: La prueba de la fianza es indispensable que sea por escrito.