Régimen Legal de las Horas Extraordinarias y Facultades de Dirección del Empresario

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 4,89 KB

La Jornada Laboral y las Horas Extraordinarias

Definición y Tipos de Horas Extraordinarias

Son consideradas horas extraordinarias aquellas que exceden de la jornada ordinaria de trabajo. Estas pueden clasificarse en:

  • Horas extraordinarias habituales: Se utilizan para evitar la contratación de nuevos trabajadores.
  • Horas extraordinarias estructurales: Son aquellas que se basan en exigencias del proceso productivo, como pedidos imprevistos, ausencias inesperadas, etc. Se admiten siempre que las necesidades no puedan atenderse a través de contratos temporales o de contratos a tiempo parcial.

Régimen Retributivo y Compensación

En cuanto a su régimen retributivo, se optará entre:

  1. Abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije (la cual no puede ser inferior al valor de la hora ordinaria).
  2. Compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido.

En el caso de que la forma de compensación no esté pactada previamente en el contrato o convenio, se entenderá que las horas extraordinarias deberán ser compensadas mediante descansos retribuidos.

Límites Legales de las Horas Extraordinarias

El número de horas extraordinarias no podrá ser superior a 80 al año. No obstante, existe una excepción:

Si se producen daños o perjuicios extraordinarios muy graves para la empresa, todos los trabajadores están obligados a prestar el servicio, aunque superen el límite de 80 horas extraordinarias trabajadas en un año.

Poderes y Deberes del Empresario en la Relación Laboral

El empresario tiene varios poderes y deberes inherentes a la relación laboral. Posee el poder de dirección, el poder disciplinario y el poder de control y vigilancia. Sus deberes incluyen pagar el salario, promover la formación profesional y asegurar la seguridad y salud en el trabajo. El empresario puede exigir al trabajador diligencia, buena fe y obediencia en sus funciones.

Los Poderes del Empresario

Poder de Dirección

El Poder de Dirección permite al empresario dar órdenes para organizar el trabajo individual y colectivo, incluyendo la ordenación de puestos, ingresos, ascensos, y la organización técnica y disciplinaria. Este poder está limitado por convenios, leyes y contratos, y debe ejercerse siempre de buena fe.

Poder de Control y Vigilancia

El empresario puede vigilar que el trabajo se realice según sus instrucciones, respetando los derechos fundamentales del trabajador como la vida privada, la intimidad, el secreto de las comunicaciones y la libertad informática. La utilización de micrófonos y cámaras debe cumplir con los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

Ius Variandi y Modificación de las Condiciones del Contrato de Trabajo

El empresario puede modificar condiciones de trabajo por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción (ejerciendo el ius variandi), afectando aspectos como el horario, los turnos, la remuneración y el sistema de trabajo. Las modificaciones pueden ser individuales o colectivas.

  • Las modificaciones colectivas se notifican y entran en vigor en 7 días.
  • Las modificaciones individuales deben notificarse con 15 días de antelación.

Si el trabajador se ve perjudicado por la modificación, puede rescindir su contrato con derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado.

Deberes Fundamentales del Empresario

El empresario asume obligaciones cuyo objetivo es el respeto personal y laboral del trabajador, así como la obligación de retribución.

Deber de Ocupación Efectiva

El empresario no debe obstaculizar ni impedir la actividad del trabajador. Si al trabajador no se le da ocupación efectiva, este podrá optar entre:

  • Pedir que se condene al empresario a proporcionarle actividad.
  • Resolver el contrato con derecho a indemnización.

Deber de Promover la Formación Profesional

El empresario ha de facilitar al trabajador la adquisición de formación profesional. El Estatuto de los Trabajadores establece que el empresario tiene la obligación de:

  • Conceder permisos para exámenes.
  • Permitir a los trabajadores elegir turno de trabajo (si es posible).
  • Conceder permisos de formación con reserva del puesto de trabajo.

Deberes en Materia de Seguridad y Salud Laboral

El empresario tiene la potestad de dirigir y organizar la producción de bienes o servicios garantizando la seguridad y salud de los trabajadores que efectúan la actividad.

El incumplimiento de este derecho dará lugar a responsabilidades administrativas, así como a responsabilidades penales y civiles.

Entradas relacionadas: