Régimen Legal y Requisitos de los Contratos de Trabajo Temporales

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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Tipos de Contratos de Trabajo Temporales

Contratos Formativos

Contrato para la Formación y el Aprendizaje

Este contrato tiene como objetivo principal que el trabajador adquiera la cualificación profesional (información teórica y práctica) necesaria para desempeñar un puesto de trabajo.

Requisitos y Condiciones
  • Edad: Generalmente entre 16 y 25 años. Este límite no se aplica si el trabajador tiene una discapacidad o si la tasa de desempleo es inferior al 15% (aplicable a menores de 30 años).
  • Cualificación: El trabajador debe carecer de una cualificación profesional reconocida (título o certificado de profesionalidad) para el puesto.
  • Limitación: No haber desempeñado antes ese puesto de trabajo en la misma empresa por más de 12 meses.
Duración y Retribución
  • Duración Mínima: 1 año (puede ser de 6 meses si lo permite el convenio colectivo).
  • Duración Máxima: 3 años.
  • Interrupción: En caso de embarazo, maternidad, riesgo durante el embarazo, etc., la duración del contrato se interrumpirá.
  • Limitación Post-Contrato: Una vez finalizado, el trabajador no podrá volver a ser contratado bajo esta modalidad (Formación y Aprendizaje).
  • Jornada: La retribución es proporcionada al tiempo efectivo de trabajo. No se permiten horas extraordinarias, trabajos por turnos, ni trabajos nocturnos (salvo excepciones legales).
  • Protección Social: Comprende todas las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones (incluida la prestación por desempleo).
  • Retribución Mínima:
    • Primer año: 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o del salario fijado en convenio para el puesto.
    • Segundo y tercer año: 85% del SMI o del salario fijado en convenio para el puesto.

Contrato en Prácticas

Este contrato busca que el trabajador aplique y perfeccione los conocimientos adquiridos con su titulación.

Requisitos y Plazos
  • Titulación: Tener una titulación universitaria o de formación profesional.
  • Plazo: No deben haber transcurrido más de 5 años desde la terminación de los estudios (7 años si el trabajador tiene una discapacidad).
  • Edad: Menores de 30 años si la tasa de desempleo es inferior al 15%.
  • Formalización: Debe realizarse por escrito.
  • Duración Mínima: 6 meses.
  • Duración Máxima: 2 años.
  • Jornada: Puede ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
  • Interrupción: En caso de embarazo, maternidad, etc., se aplican las mismas interrupciones que en el contrato de formación.
Retribución Mínima
  • Primer año: 60% del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo puesto.
  • Segundo año: 75% del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo puesto.

Contratos Temporales por Tipo de Trabajo a Realizar

Contrato para Obra o Servicio Determinado

Tiene por objeto la realización de una obra o la prestación de un servicio con autonomía y sustantividad propia.

  • Requisito: La obra o servicio debe ser distinto a la actividad normal de la empresa.
  • Duración: Incierta, limitada a la finalización de la obra o servicio.
  • Formalización: Por escrito, identificando claramente la obra o servicio.
  • Límite Temporal (Antiguo Régimen): Máximo 3 años, con posibilidad de ampliación hasta 12 meses más por convenio colectivo.
  • Jornada: Tiempo completo o parcial.

Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción

Se utiliza para atender a circunstancias especiales en el mercado, como un exceso de pedidos o una acumulación de tareas.

  • Formalización: Si es superior a 4 semanas, debe ser por escrito. Si es inferior, puede ser verbal (siempre que se celebre a tiempo completo).
  • Duración Máxima: 6 meses (dentro de un periodo de 12 meses). Por convenio colectivo, este periodo puede ampliarse hasta 18 meses.
  • Jornada: Tiempo completo y tiempo parcial.
  • Incentivos: Se contemplan incentivos para jóvenes (menores de 30 años, con experiencia laboral inferior a 3 meses) ligados al mantenimiento del empleo neto.

Contrato de Interinidad o Sustitución

Tiene por objeto sustituir a un trabajador con derecho a reserva de su puesto de trabajo.

  • Formalización: Debe ser por escrito.
  • Duración:
    • Sustitución: Hasta que el trabajador sustituido se reincorpore.
    • Proceso de Selección: Máximo 3 meses (mientras dura el proceso de selección para cubrir el puesto).
  • Jornada: Generalmente a tiempo completo. Solo puede celebrarse a tiempo parcial cuando la persona sustituida trabajase a tiempo parcial o se complete la jornada de alguien que ha reducido la suya.
  • Bonificaciones: El empresario tiene derecho a una bonificación si sustituye a un trabajador que tiene reconocida una discapacidad, es víctima de violencia de género, etc.

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