El Régimen Político Español: Monarquía Parlamentaria, División de Poderes y Autonomías
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Régimen Político Español
Forma de Estado
Monarquía Parlamentaria: El rey reina pero no gobierna (no ejerce el poder ejecutivo). Promulga y sanciona leyes. Tiene un papel representativo e institucional. Es Jefe de las Fuerzas Armadas. La sucesión es hereditaria con preferencia de la vía masculina.
Soberanía Nacional
Reside en el pueblo español. España se define como Estado Democrático y Social de Derecho.
Sistema Económico
Economía social de mercado. (Capitalismo con intervención del Estado).
Organización Territorial
La unidad de España es compatible con la pluralidad nacional: estado no federal, sino autonómico.
Jefatura del Estado y la División de Poderes
Poder Legislativo
Cortes bicamerales elegidas por sufragio universal de mayores de 18 años. Mayor peso legislativo del Congreso que del Senado.
Congreso de los Diputados
Cámara de representación proporcional atenuada. Cada circunscripción (provincia) tiene una representación aproximadamente proporcional. Se utiliza la Ley D'Hondt, un sistema que favorece a las formaciones mayoritarias, a las que concentran su voto (nacionalistas) y a las provincias con menos población frente a las más pobladas.
Senado
Cámara de representación territorial. Cada circunscripción tiene un número semejante de senadores, más otros designados de forma indirecta por cada parlamento autonómico. Representación reforzada en los archipiélagos.
Referéndum
Se contempla la posibilidad de convocar consultas populares no vinculantes.
Poder Ejecutivo
Gobierno. Designado por el Congreso de los Diputados.
Poder Judicial
Tribunales de distinto rango. De primera instancia, Tribunal Superior (en cada Comunidad Autónoma), Tribunal Supremo (Estado). Instituciones específicas como el Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo, de ámbito Nacional. Poder judicial dirigido por el CGPJ (designado por las Cortes).
Derechos y Libertades
Amplia declaración de derechos políticos, económicos y sociales. Vida, religión, pensamiento, expresión, libertad, propiedad (sujeta al fin social) y otros por el momento meramente testimoniales (vivienda, trabajo).
Religión
No confesionalidad del Estado: Estado no confesional. Se reconoce el catolicismo como la religión de la mayoría de los españoles y se le dan importantes ventajas.
Organización Territorial y Autonomías
La Constitución establece una organización territorial que parte de la unidad indivisible del Estado español, impide la secesión de territorios pero se puede conceder autogobierno a los estados que lo pidan. La Constitución no elabora un mapa autonómico, sino que cada estado se organiza según sus necesidades.
Desarrollo de las Autonomías
Entre 1979 y 1983 se establecen 17 comunidades autónomas. Las nacionalidades históricas fueron las regiones que habían tenido un estatuto de autonomía o proyecto del mismo antes de la guerra civil.
Vía Rápida
Se crea la comunidad a través de un referéndum.
- Cataluña/País Vasco: creadas en 1979.
- Galicia: creada en 1980.
- Andalucía: no es nacionalidad histórica pero para acceder por vía rápida hacen dos referéndums: el primero para acogerse a la vía rápida, y el segundo para crear la comunidad. Se creó en 1982.
El resto de comunidades acceden por la vía lenta en un plazo de cinco años.
Terrorismo Durante la Transición
Durante la transición hubo varios grupos terroristas, caracterizados por ser clandestinos, muy violentos, y por querer acabar con ideas establecidas en la sociedad e imponer las suyas. Hubo 3 tipos de grupos:
- Los que buscaban la secesión de un territorio (nacionalistas: ETA, Comandos Autónomos Anticapitalistas).
- Los grupos de extrema izquierda (GRAPO, FRAP).
- Los de extrema derecha, que pedían el final de la democratización (GAE, BVE).