El Régimen Político Español: Monarquía Parlamentaria, División de Poderes y Autonomías

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Régimen Político Español

Forma de Estado

Monarquía Parlamentaria: El rey reina pero no gobierna (no ejerce el poder ejecutivo). Promulga y sanciona leyes. Tiene un papel representativo e institucional. Es Jefe de las Fuerzas Armadas. La sucesión es hereditaria con preferencia de la vía masculina.

Soberanía Nacional

Reside en el pueblo español. España se define como Estado Democrático y Social de Derecho.

Sistema Económico

Economía social de mercado. (Capitalismo con intervención del Estado).

Organización Territorial

La unidad de España es compatible con la pluralidad nacional: estado no federal, sino autonómico.

Jefatura del Estado y la División de Poderes

Poder Legislativo

Cortes bicamerales elegidas por sufragio universal de mayores de 18 años. Mayor peso legislativo del Congreso que del Senado.

Congreso de los Diputados

Cámara de representación proporcional atenuada. Cada circunscripción (provincia) tiene una representación aproximadamente proporcional. Se utiliza la Ley D'Hondt, un sistema que favorece a las formaciones mayoritarias, a las que concentran su voto (nacionalistas) y a las provincias con menos población frente a las más pobladas.

Senado

Cámara de representación territorial. Cada circunscripción tiene un número semejante de senadores, más otros designados de forma indirecta por cada parlamento autonómico. Representación reforzada en los archipiélagos.

Referéndum

Se contempla la posibilidad de convocar consultas populares no vinculantes.

Poder Ejecutivo

Gobierno. Designado por el Congreso de los Diputados.

Poder Judicial

Tribunales de distinto rango. De primera instancia, Tribunal Superior (en cada Comunidad Autónoma), Tribunal Supremo (Estado). Instituciones específicas como el Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo, de ámbito Nacional. Poder judicial dirigido por el CGPJ (designado por las Cortes).

Derechos y Libertades

Amplia declaración de derechos políticos, económicos y sociales. Vida, religión, pensamiento, expresión, libertad, propiedad (sujeta al fin social) y otros por el momento meramente testimoniales (vivienda, trabajo).

Religión

No confesionalidad del Estado: Estado no confesional. Se reconoce el catolicismo como la religión de la mayoría de los españoles y se le dan importantes ventajas.

Organización Territorial y Autonomías

La Constitución establece una organización territorial que parte de la unidad indivisible del Estado español, impide la secesión de territorios pero se puede conceder autogobierno a los estados que lo pidan. La Constitución no elabora un mapa autonómico, sino que cada estado se organiza según sus necesidades.

Desarrollo de las Autonomías

Entre 1979 y 1983 se establecen 17 comunidades autónomas. Las nacionalidades históricas fueron las regiones que habían tenido un estatuto de autonomía o proyecto del mismo antes de la guerra civil.

Vía Rápida

Se crea la comunidad a través de un referéndum.

  • Cataluña/País Vasco: creadas en 1979.
  • Galicia: creada en 1980.
  • Andalucía: no es nacionalidad histórica pero para acceder por vía rápida hacen dos referéndums: el primero para acogerse a la vía rápida, y el segundo para crear la comunidad. Se creó en 1982.

El resto de comunidades acceden por la vía lenta en un plazo de cinco años.

Terrorismo Durante la Transición

Durante la transición hubo varios grupos terroristas, caracterizados por ser clandestinos, muy violentos, y por querer acabar con ideas establecidas en la sociedad e imponer las suyas. Hubo 3 tipos de grupos:

  • Los que buscaban la secesión de un territorio (nacionalistas: ETA, Comandos Autónomos Anticapitalistas).
  • Los grupos de extrema izquierda (GRAPO, FRAP).
  • Los de extrema derecha, que pedían el final de la democratización (GAE, BVE).

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