Régimen de Prestaciones de la Seguridad Social: Derechos y Requisitos Clave

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

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Prestaciones por Muerte y Supervivencia

Pensión de Viudedad

Pensión vitalicia para el cónyuge de un trabajador o pensionista fallecido.

  • Es compatible con las rentas del trabajo.
  • Se pierde si se vuelve a contraer matrimonio.
  • Se cobra el 52% de la base reguladora, pudiendo llegar al 70% en ciertos supuestos.

Pensión de Orfandad

Derecho de los hijos del fallecido.

  • Se concede a menores de 21 años.
  • Se amplía hasta los 25 años cuando el huérfano no trabaja o sus ingresos son menores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
  • Se cobra una pensión del 20% de la base reguladora.

Pensión en Favor de Familiares

Para familiares hasta el segundo grado que convivieran y estuvieran a sus expensas.

  • Se cobra el 20% de la base reguladora.

Auxilio por Defunción

Cantidad en pago único para auxiliar en los gastos de sepelio.

  • En 2014, la cuantía era de 46,50€.

Pensión de Jubilación

Sistema Anterior (Previo a la Reforma)

  • Tener 65 años o bien acceder a la jubilación anticipada.
  • Haber cotizado entre 15 y 35 años.
  • La base reguladora se toma como la media de lo cotizado en los últimos 15 años.

Reforma de Pensiones (Régimen General)

  • Haber cotizado entre 15 y 37 años, con carácter general.
  • Tener 67 años (o la edad que corresponda según el periodo de cotización).
  • La base reguladora se toma la media de lo cotizado en los últimos 25 años.

Prestación Contributiva por Desempleo

Requisitos Generales

  • Haber cotizado un mínimo de 365 días en los últimos 6 años.
  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Suscribir un compromiso de actividad.
  • Solicitar la prestación a los 15 días hábiles siguientes a la situación de desempleo.

Situación Legal de Desempleo (Causas)

Se considera situación legal de desempleo cuando la relación laboral finaliza por:

  • Despido de la empresa.
  • Muerte, jubilación o invalidez del empresario.
  • Finalización de la duración del contrato.
  • Voluntad del trabajador por causa justa.
  • Violencia de género.
  • Reducción de jornada entre el 10% y el 70%.
  • Importante: Cuando el trabajador se va voluntariamente, no se considera situación legal de desempleo.

Extinción y Compatibilidad

Si el trabajador firma otro contrato:

  • Si el nuevo contrato dura menos de un año: el trabajador puede seguir cobrando el paro pendiente.
  • Si el nuevo contrato dura 1 año o más: el trabajador puede optar por seguir cobrando el paro pendiente o recibir un nuevo paro por el nuevo tiempo trabajado.

Vacaciones Pendientes

Si quedan vacaciones no disfrutadas por cobrar al acabar el contrato, la situación legal de desempleo se produce cuando finaliza el periodo correspondiente a esos días de vacaciones.

Reclamación por Despido y Desempleo

Cuando el trabajador interpone una demanda por despido, puede pedir el desempleo inmediatamente o esperarse a la sentencia judicial.

Incapacidad Permanente

Incapacidad Permanente Parcial

  • Disminución del 33% de las tareas fundamentales de la profesión habitual.
  • Se concede una indemnización equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora del trabajo.

Incapacidad Permanente Total

  • Impide realizar las tareas de la profesión habitual, pero permite dedicarse a otra distinta.
  • Se cobra una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora.
  • Es compatible con otro trabajo.
  • Para mayores de 55 años, se cobra el 75% si es difícil encontrar trabajo.

Incapacidad Permanente Absoluta

  • No permite hacer ningún trabajo.
  • Se cobra una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora.

Gran Invalidez

  • Implica incapacidad absoluta y requiere la asistencia de una tercera persona para los actos esenciales de la vida.
  • La pensión del 100% aumenta con un porcentaje mínimo del 45% (complemento de Gran Invalidez).

Accidente de Trabajo

  • La pensión aumenta entre un 30% y un 50% a cargo de la empresa, si la incapacidad se debe a falta de medidas de seguridad.

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