Régimen Sancionatorio Tributario: Penas Restrictivas de Libertad y Delitos Fiscales

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Ilícitos Sancionados con Penas Restrictivas de Libertad (Art. 115 COT)

En resumen, los **ilícitos sancionados con penas restrictivas de libertad** son violaciones al **Derecho Tributario Material**, manifestadas en la disminución fraudulenta de la obligación fiscal, mediante mecanismos delictivos propiamente dichos. Entre ellos se encuentran:

  • La **defraudación tributaria**.
  • La **falta de enteramiento de anticipos** por parte de los agentes de retención o percepción.
  • La **divulgación, uso personal o uso indebido de información confidencial** proporcionada por terceros independientes que afecte o pueda afectar su posición competitiva (aplicable a funcionarios o empleados públicos, autoridades judiciales y cualquier otra persona que tuviese acceso a dicha información).

Penas por Defraudación Tributaria

Para entender un poco más, estudiamos las penas por defraudación consiguientes:

  • **Prisión de 6 meses a 7 años** (media: 3 años y nueve meses).
  • **Aumento de la pena** entre ½ a 2/3 partes cuando la defraudación se ejecute mediante la **ocultación de inversiones** realizadas o mantenidas en jurisdicciones de baja imposición fiscal.
  • Cuando la defraudación se ejecute mediante la **obtención indebida de devoluciones o reintegros**, la pena será de **prisión de 4 a 8 años** (media: 6 años).

Conceptos Clave y Otras Sanciones

  • Se entiende por **defraudación** cualquier simulación, ocultación, maniobra o cualquier otra forma de engaño que induzca a error a la Administración Tributaria y obtenga para sí o para un tercero un **enriquecimiento indebido** superior a 2.000 UT a expensas del sujeto activo del tributo, o devoluciones o reintegros indebidos superiores a 100 UT. El Código Orgánico Tributario (COT) establece numerosas presunciones que deben tomarse como indicios de defraudación.
  • **Falta de enteramiento de anticipos**: Prisión de **2 a 4 años** (media: 3 años). Consiste en que quien, con intención, no entere las cantidades retenidas o percibidas de los contribuyentes, responsables o terceros, dentro de los plazos establecidos en la ley.
  • En los casos de defraudación y falta de enteramiento de anticipos, la **acción penal se extinguirá** si el infractor acepta la determinación realizada por la Administración Tributaria y paga el monto de la obligación tributaria, sus accesorios y sanciones, en forma total, dentro del plazo de 25 días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución.
  • **Divulgación de Información Confidencial**: Prisión de **3 meses a 3 años** (media: 1 año, 7 meses y 15 días). Consiste en la revelación, divulgación, utilización personal o indebida de manera directa o indirecta, a través de cualquier medio o forma.
  • **Penas Restrictivas de la Libertad en el caso de personas jurídicas**: Las personas jurídicas responden por los ilícitos tributarios sancionados con penas restrictivas de la libertad, a través de sus directores, gerentes, administradores, representantes o síndicos que hayan personalmente participado en la ejecución del ilícito.
  • La **reincidencia** no es un delito en sí, sino una conducta consistente en volver a cometer un delito o infracción cuando ya se ha sido condenado o sancionado por un acto ilícito del mismo tipo (Art. 81). Ambas infracciones deben ser de la misma índole (Art. 82). A continuación, se detallan las causas de extinción de las acciones por ilícitos tributarios:

Ejemplo de Aplicación de Ilícitos Sancionados con Penas Restrictivas de Libertad (Art. 115 COT)

En el momento en que se presente ocultación o cualquier otra forma de engaño que induzca a error a la Administración Tributaria y se obtenga para sí o para un tercero un **enriquecimiento indebido** superior a 2.000 UT, se aplicarán las sanciones correspondientes. Sin embargo, en caso de presentarse la **muerte del autor principal** del ilícito (sea el contribuyente o responsable), se extinguiría la acción punitiva para este, pero esto no extinguirá la acción conjunta contra coautores y partícipes del mismo hecho. Si la investigación demuestra la efectiva culpabilidad, se aplicará una pena de **prisión de 6 meses a 7 años** para los involucrados.

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