Reglamentación y Almacenamiento Seguro de Sustancias Peligrosas en Chile
Clasificado en Medicina y Ciencias de la salud
Escrito el en español con un tamaño de 3,27 KB
Decretos Clave sobre Residuos y Sustancias Peligrosas
- Decreto N° 148: Aprueba el reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
- Decreto N° 142: Aprueba el reglamento del fondo de compensación solidario entre instituciones de salud previsional a que se refiere la Ley N° 18.933.
- Decreto N° 146: Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas, elaborada a partir de la norma de emisión contenida en el Decreto N° 286.
- Decreto N° 90: Norma de emisión de regulación para contaminantes asociados a la descarga de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.
- Decreto N° 78: Aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.
Sustancias Peligrosas: Clasificación y Definición
Las sustancias peligrosas son cualquier elemento químico que dañe de forma directa o indirecta a la persona o al medio ambiente. Se rigen a través de la Norma Chilena NCh 382.
Clasificación de Sustancias Peligrosas (NCh 382):
- Explosivos
- Gases comprimidos
- Líquidos
- Sólidos
- Oxidantes
- Venenos
- Radiactivos
- Corrosivos
- Misceláneos
Identificación de Material Peligroso (NCh 1411 y NFPA 704)
Este sistema se aplica en instalaciones industriales o comerciales. No se aplica en transporte público general.
Se excluyen de esta identificación:
- Explosivos (N° 17798)
- Combustibles líquidos y gaseosos (DS N° 160)
- Sustancias infecciosas Clase 6, División 2 según NCh 382/04
Bodegas para Sustancias Peligrosas
Las bodegas podrán almacenar sustancias sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, que no sean destinadas a bodega [general], siempre y cuando no superen los 600 kg o L.
Donde se almacenen, deben contar con:
- Sistema de control de derrames.
- Hojas de control de seguridad especificando el material peligroso.
Bodega Común
Destinada al almacenamiento de mercancía o productos que tiene en su interior un lugar específico para el almacenamiento de sustancias peligrosas.
Bodega Adyacente
Mínimo un muro divisorio y máximo dos, destinadas a variados usos, pero en su interior un muro separa la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas.
Tipos de Almacenamiento
- A Granel: Sustancias líquidas, sólidas y gaseosas; cada una señalando el tipo de utilización.
- Gases Envasados: Inflamables, No Inflamables, No Tóxicos y Tóxicos.