Reglamentos y Anexos de la Aviación Civil Internacional: Normas y Procedimientos

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Reglamentos y Anexos de la Aviación Civil Internacional

Anexos

  • Anexo 1 - Licencias al Personal: Normas y métodos recomendados para el otorgamiento de licencias a la tripulación de vuelo.
  • Anexo 2 - Reglamento del Aire: Las aeronaves deben volar ateniéndose a las reglas generales instrumental y visual.
  • Anexo 3 - Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea Internacional.
  • Anexo 4 - Cartas Aeronáuticas.
  • Anexo 5 - Unidades de Medida.
  • Anexo 6 - Operación de Aeronaves: Lograr la mayor normalización posible en las operaciones de las aeronaves de transporte aéreo internacional, para alcanzar así el más alto grado de seguridad y eficacia.
    • Parte I - Transporte aéreo comercial internacional - aviones.
    • Parte II - Aviación general internacional - aviones.
    • Parte III - Operaciones internacionales - helicópteros.
  • Anexo 7 - Marcas de Nacionalidad y de Matrícula de las Aeronaves.
  • Anexo 8 - Aeronavegabilidad.
  • Anexo 9 - Facilitación.
  • Anexo 10 - Telecomunicaciones Aeronáuticas.
    • Volumen I - Radioayudas para la navegación.
    • Volumen II - Procedimientos de comunicaciones, incluso los que tienen categoría de PANS.
    • Volumen III - Sistemas de comunicación.
      • Parte I - Sistemas de comunicación con datos digitales.
      • Parte II - Sistemas de comunicación por voz.
    • Volumen IV - Sistema de radar de vigilancia y sistema anticolisión.
    • Volumen V - Utilización del espectro de radiofrecuencias aeronáuticas.
  • Anexo 11 - Servicios de Tránsito Aéreo: Servicio de control de tránsito aéreo, servicio de información de vuelo, servicio de alerta.
  • Anexo 12 - Búsqueda y Salvamento.
  • Anexo 13 - Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación.
  • Anexo 14 - Aeródromos.
    • Volumen I - Diseño y operaciones de aeródromos.
    • Volumen II - Helipuertos.
  • Anexo 15 - Servicios de Información Aeronáutica / Aeronautical Information Service (AIS).
  • Anexo 16 - Protección del Medio Ambiente.
    • Volumen I - Ruido de las aeronaves.
    • Volumen II - Emisión de los motores de las aeronaves.
  • Anexo 17 - Seguridad: Protección de la aviación civil internacional contra los actos de interferencia ilícita.
  • Anexo 18 - Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea.
  • Anexo 19 - Gestión de la Seguridad Operacional.

Memoria

Es el documento que contiene el material de los trabajos para los que solicita la aprobación y demuestra el cumplimiento de las normas.

  1. Declaración firmada por parte del garante responsable confirmando que la memoria y el manual cumplen con la parte 145.
  2. Política de seguridad y calidad.
  3. Nombre y cargo de las personas designadas en el cargo 145 a.30.
  4. Funciones y responsabilidades de las personas designadas.
  5. Un organigrama.
  6. Lista del personal certificador.
  7. Descripción de recursos humanos.
  8. Descripción general de las instalaciones.
  9. Especificación de los alcances de la organización.
  10. Especificación de los alcances de los trabajos.
  11. Procedimientos de modificación de cambios.
  12. Modificación de la memoria.
  13. Procedimientos de calidad.
  14. Lista de operadores comerciales.
  15. Lista de organizaciones subcontratadas.

Manual de Organización de Mantenimiento

Facilitará un manual que tenga la firma del garante responsable, el ámbito de trabajo de la organización, un organigrama de la organización que refleje la responsabilidad asociada con los trabajadores, una lista del personal certificado, y procedimientos de modificación del manual.

  • El manual deberá ser aprobado por la autoridad competente.
  • Podrán aprobarse enmiendas a través de un procedimiento.

Certificado de Aptitud

Se expedirá conforme a esta parte cuando se haya comprobado que todas las tareas de mantenimiento han sido realizadas correctamente por personal certificado adecuado o por el piloto propietario.

  • En caso de situación imprevista, si la aeronave no se encuentra con una organización de mantenimiento debida, cualquier persona que posea como mínimo 3 años de experiencia y tenga en los registros información detallada, deberá detallar todo en un plazo de 7 días.
  • El certificado de aptitud contendrá datos básicos de mantenimiento adecuado y la fecha de mantenimiento.

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