Regulación de la Competencia Desleal en España: Marco Legal y Ámbitos de Aplicación
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La Competencia Desleal: Marco Normativo y Evolución
La regulación de la competencia desleal en España tiene como fuente normativa básica la Ley de Competencia Desleal (LCD) de 1991. Este texto legal, al igual que otras normativas en el ámbito mercantil, ha sido objeto de numerosas modificaciones desde su promulgación.
La LCD representa un plano de actuación distintivo en la regulación de la competencia. Inicialmente, el objetivo proteccionista de la ley se centraba en los intereses particulares de los competidores. Sin embargo, este ámbito de protección se ha visto significativamente modificado y ampliado: lo que en origen eran intereses privados, hoy es la protección de intereses generales. Con esta evolución, se está protegiendo un ideario de la competencia y de un entorno económico saludable.
La Ley española es un claro ejemplo de esta ampliación de los objetivos perseguidos con la promulgación de normas sobre competencia desleal. Esta normativa responde al objetivo de proteger los intereses de cuantos participan en un mercado contra actos de competencia desleal.
Ámbitos de Aplicación de la Ley de Competencia Desleal
Para cumplir con su propósito, la LCD determina un doble ámbito de aplicación:
1. Ámbito Objetivo
- La ley se aplica a actos que se realizan en un mercado con fines concurrenciales.
- Es decir, la ley abarca actos relacionados con la oferta y demanda de bienes y servicios en el contexto empresarial.
2. Ámbito Subjetivo
- La ley se aplica a cualquier sujeto que participe en el mercado.
- Su aplicación es independiente de la cualidad o condición específica del sujeto.
Definición y Principios de los Actos de Competencia Desleal
Una vez establecidos los ámbitos de aplicación, el siguiente paso es comprender qué se entiende por actos de competencia desleal. En principio, han de tratarse de actos realizados en el mercado con fines concurrenciales.
Estos actos pueden ser funcionalmente potenciales o reales en cuanto a sus efectos en el mercado; es decir, no se requiere la eficacia del acto, sino su mera potencialidad para ser considerado desleal. La ley recurre a un concepto clásico para determinar cuándo un acto es desleal: cuando el acto sea contrario a la buena fe.
El Principio General de la Buena Fe
La sistemática de la ley parte de enunciar un principio general de actos desleales que se complementa con una relación ejemplificadora de actos que se presumen desleales. Ese principio general consiste en que se considerará desleal todo comportamiento objetivamente contrario a la buena fe.
Un acto es contrario a la buena fe si es susceptible de afectar el comportamiento económico del consumidor.
Tipos de Actos Desleales (Artículos 5-18 LCD)
Entre los actos desleales tipificados en la Ley de Competencia Desleal, se incluyen:
- Actos de confusión.
- Actos de engaño.
- Actos de imitación.