Marco legal de la contabilidad en España: normas y libros oficiales de contabilidad
Resumen
El documento repasa el marco jurídico de la contabilidad en España desde 1988, enumerando las principales leyes mercantiles con contenido contable publicadas en el BOE. Después explica los libros oficiales que deben llevar los empresarios según el Código de Comercio: inventarios y cuentas anuales, diario y, en sociedades, actas. También recoge las reglas de legalización, claridad, conservación durante seis años y el carácter secreto de la contabilidad.
Puntos clave
- Desde 1988 se publican en el BOE disposiciones mercantiles con influencia en la información económico-financiera de la empresa.
- La Ley de Auditoría de Cuentas es de 12 de julio de 1988 y fue modificada el 30 de junio de 2010.
- Según el artículo 25 del Código de Comercio, todos los empresarios deben llevar un libro de inventarios y cuentas anuales y un libro diario.
- Las sociedades mercantiles deben llevar uno o varios libros de actas (artículo 26).
- Los libros obligatorios deben legalizarse en el Registro Mercantil del domicilio social (artículo 27).
- Los empresarios deben conservar libros y justificantes durante seis años (artículo 30).
- La contabilidad es secreta, salvo comunicación general, exhibición judicial o verificación por persona experta (artículo 32).
Regulación Legal de la Contabilidad en España
1. Marco Jurídico de la Contabilidad en España: Fuentes de Normas Contables
Importante
Desde 1988, se publican en el BOE disposiciones mercantiles que influyen en la información económico-financiera de la empresa. Las principales normas de contenido contable aprobadas y publicadas son:
- Ley de Auditoría de Cuentas, de 12 de julio de 1988 (BOE del 15 de julio), modificada el 30 de junio de 2010 (BOE del 1 de julio).
- Ley del Mercado de Valores, de 28 de julio de 1988 (BOE del 29 de julio).
- Ley de Reforma Parcial y Adaptación de la Legislación Mercantil a las Directivas Comunitarias, de 25 de julio de 1989 (BOE del 27 de julio).
- Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (TRLSA), de 22 de diciembre de 1989 (BOE del 27 de diciembre).
- Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada (LSRL), de 23 de marzo de 1995 (BOE del 24 de marzo).
2. Libros Oficiales de Contabilidad: Clases, Normativa y Secreto
El artículo 25 del Código de Comercio indica que todos los empresarios deben llevar un libro de inventarios y cuentas anuales, y otro diario, sin perjuicio de lo establecido en leyes o disposiciones especiales.
Las sociedades mercantiles (artículo 26) deben llevar un libro o libros de actas.
La contabilidad debe ser llevada por el empresario o por otras personas autorizadas.
Desde el punto de vista legal, los libros pueden ser: obligatorios y voluntarios.
El artículo 27 del Código de Comercio indica que los empresarios deben presentar los libros obligatorios para su legalización en el Registro Mercantil del lugar donde tengan el domicilio social.
El artículo 28.2 señala que el libro diario registra día a día todas las operaciones de la empresa.
El artículo 29 del Código de Comercio indica que todos los libros y documentos contables deben ser llevados con claridad, por orden de fecha, sin espacios en blanco, interpolaciones, tachaduras ni raspaduras.
El artículo 30 establece que los empresarios deben conservar los libros, correspondencia, documentación y justificantes de su negocio durante seis años.
Por último, el artículo 32 señala que la contabilidad de los empresarios es secreta. Sin embargo, existen tres situaciones en las que pueden mostrarse los libros:
- Comunicación o reconocimiento general de libros y demás documentación.
- Exhibición de libros, que consiste en mostrar parte de los libros por decisión judicial.
- Verificación, revisión, comprobación o auditoría por una persona experta.
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PDF Word HTMLPreguntas frecuentes
¿Qué libros de contabilidad son obligatorios para un empresario en España?
Según el artículo 25 del Código de Comercio, todo empresario debe llevar un libro de inventarios y cuentas anuales y un libro diario. Las sociedades mercantiles deben además llevar uno o varios libros de actas.
¿Durante cuánto tiempo deben conservarse los libros y justificantes contables?
El artículo 30 del Código de Comercio establece que los empresarios deben conservar libros, correspondencia, documentación y justificantes de su negocio durante seis años.
¿Dónde deben legalizarse los libros obligatorios?
El artículo 27 indica que deben presentarse para su legalización en el Registro Mercantil del lugar donde la empresa tenga su domicilio social.
¿Es pública la contabilidad de una empresa?
No. El artículo 32 del Código de Comercio establece que la contabilidad es secreta, aunque admite tres excepciones: comunicación general, exhibición judicial parcial y verificación o auditoría por persona experta.
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