Regulación y Estructura del Poder Electoral: Claves para la Transparencia Democrática
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Funciones Esenciales del Poder Electoral
El Poder Electoral es la institución garante de la legitimidad y la pulcritud de los procesos democráticos. Sus funciones principales incluyen:
- Garantizar la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, eficiencia y transparencia de los procesos electorales.
- Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas y controversias que se presenten en su aplicación.
- Formular su presupuesto y tramitar su aprobación ante la Asamblea Nacional.
- Declarar la nulidad total o parcial de las elecciones cuando existan causales legales.
- Organizar, administrar, dirigir y vigilar los procesos electorales para la elección de cargos de representación popular de los poderes públicos y los referendos.
- Organizar las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con fines políticos.
- Mantener, dirigir, organizar y supervisar el registro civil y electoral que, al estar integrados en uno solo, garantiza que el Poder Electoral se vincule de forma permanente y continua con los electores.
- Organizar la inscripción y registro de los partidos y demás organizaciones con fines políticos.
- Controlar, regular e investigar el origen de los fondos para el financiamiento de las elecciones y su utilización con fines políticos.
Estructura y Composición del Consejo Nacional Electoral (CNE)
El Consejo Nacional Electoral es el órgano rector del Poder Electoral. Está integrado por cinco personas que no deben estar vinculadas a organizaciones con fines políticos. La designación de sus miembros se realiza a través de un proceso de postulación específico:
Postulación de Miembros del CNE
- Tres (3) postulados por la sociedad civil.
- Uno (1) postulado por las facultades de ciencias políticas y jurídicas de las universidades nacionales.
- Uno (1) postulado por el Poder Ciudadano.
Una vez designadas las personas por quien corresponda, sus nombres se remiten a la Asamblea Nacional, la cual designará a los miembros del Poder Electoral con el voto de las dos terceras partes de los diputados.
Atribuciones del Consejo Nacional Electoral
El CNE posee atribuciones específicas para la gestión y resolución de los asuntos electorales:
- Realizar la convocatoria y fijar la fecha para la elección de los cargos de representación popular, de referendos y otras consultas populares.
- Conocer los recursos previstos en las leyes electorales y resolverlos oportunamente.
- Evacuar las consultas y resolver las quejas que se le sometan en materia de su competencia.
- Determinar y regular todo lo relacionado con la financiación de las campañas electorales nacionales.
- Garantizar la oportuna y correcta actualización del registro electoral, de forma permanente e ininterrumpida.
- Instar a las instituciones componentes y coadyuvar con ellas en el esclarecimiento de los delitos y faltas que atenten contra los procesos electorales o de referendos.
- Publicar en la Gaceta Electoral el número de miembros e integración de los Organismos Electorales Subalternos.