Regulación de la Jornada Laboral y Descansos: Derechos y Límites

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Jornada de Trabajo y Descansos: Conceptos Fundamentales

Duración de la Jornada Laboral

Las horas de trabajo que integran la jornada pactada en el contrato se llaman horas ordinarias. Aquellas horas que excedan serán extraordinarias. La duración del tiempo de trabajo se mide en horas, tomando como referencia de tiempo la semana y el día:

Jornada Semanal

La duración máxima de esta jornada es de 40 horas semanales, nunca superior a este límite.

Jornada Diaria

No puede superar las 9 horas. Para los menores de edad, el tope diario se sitúa en 8 horas.

Jornadas Especiales

Requieren jornadas superiores o inferiores a la jornada laboral ordinaria. Sus características se regulan en el Real Decreto de Jornadas Especiales.

Los Descansos Laborales

Han de respetarse los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en los convenios colectivos.

Descanso Durante la Jornada

Si la jornada está interrumpida por un descanso mínimo de una hora, hablamos de jornada partida. En cambio, si no se interrumpe, hablamos de jornada continuada. La duración de la interrupción se acuerda en el convenio colectivo. Cuando la jornada es continuada sin interrupción y supera las 6 horas, se tiene derecho a un descanso mínimo de 15 minutos.

Descanso Entre Jornadas

Deben transcurrir al menos 12 horas entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.

Descanso Mínimo Semanal

Debe ser de día y medio sin interrupción. Comprende la tarde del sábado o la mañana del lunes y el día completo del domingo.

Las Horas Extraordinarias

Son aquellas que exceden la jornada. El empresario está obligado a registrar las horas, entregando una copia del resumen al trabajador y a los representantes de los trabajadores. Estas horas se pueden retribuir o compensar con descansos, según lo establecido en el convenio colectivo.

Modalidades de Compensación

Retribución de Horas Extraordinarias

Si se pagan, el importe mínimo debe ser, como mínimo, igual al de una hora ordinaria.

Compensación con Descansos

Si se compensan con descansos, estos deben disfrutarse dentro de los 4 meses siguientes a la fecha.

Tipos de Horas Extraordinarias

Horas Extraordinarias Voluntarias

Aquellas que realiza el trabajador porque así lo desea.

Horas Extraordinarias Obligatorias

Se pactan en el contrato de trabajo y son recogidas en los convenios colectivos.

Límites y Prohibiciones

El límite máximo es de 80 horas extras anuales, sin contar las compensadas con descansos. En todo caso, se prohíbe realizar horas extras a:

  • Trabajadores menores de 18 años
  • Trabajadores nocturnos
  • Trabajadores a tiempo parcial (salvo las que son por fuerza mayor)
  • Durante el periodo de reducción de jornada por maternidad

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