Regulación del Tiempo de Trabajo: Jornada Laboral Ordinaria y Extraordinaria
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Concepto y Tipos de Jornada Laboral
El concepto de jornada se refiere al tiempo en el cual el trabajador está desempeñando una labor. Esta puede clasificarse como ordinaria o extraordinaria.
Jornada Ordinaria
Las características principales de la jornada ordinaria son:
- La jornada se establece en el convenio colectivo.
- La jornada semanal máxima será de 40 horas.
- Entre la finalización de una jornada y el comienzo de la siguiente deben mediar 12 horas de descanso.
- La jornada máxima diaria es de 9 horas. Para los menores de 18 años, es de solo 8 horas.
- Si la jornada continua excede de 6 horas, se establece un descanso de 15 minutos.
- Si se trata de un menor y la jornada excede de 4,5 horas, el descanso es de 30 minutos.
- La jornada comienza cuando el trabajador está en su puesto de trabajo y termina igualmente allí.
Limitaciones y Adaptaciones de la Jornada
Existen diversas limitaciones y adaptaciones aplicables a la jornada laboral, ya sea por acuerdo contractual o por disposición legal.
Acuerdos Contractuales
- Por contrato se puede llegar a un acuerdo en caso de que la jornada sea a tiempo parcial.
Limitaciones Legales por Condiciones Ambientales
Trabajo en Cámaras Frigoríficas
- De 0º a -5º: Se considera jornada habitual, pero cada 3 horas se conceden 10 minutos de descanso.
- De -5º a -18º: Máximo 6 horas de jornada, con 15 minutos de descanso por cada hora trabajada.
- De más de -18º: Máximo 6 horas de jornada, con 15 minutos de descanso por cada 45 minutos trabajados.
Trabajo en el Campo
Debido al esfuerzo físico provocado por la temperatura, humedad o postura:
- Jornada máxima de 6,20 horas diarias y 38 semanales.
- Si el trabajador tiene los pies en agua o fango, la jornada se reduce a 6 horas diarias y 36 semanales.
Reducción de la Jornada por Condiciones del Trabajador
Reducción por Guarda Legal
- Trabajadores que tengan a su cargo menores de 8 años o personas con discapacidad tienen derecho a una reducción de jornada de un octavo (1/8), con un máximo de la mitad (1/2), con la reducción proporcional del salario.
Reducción por Lactancia
- Trabajadores con hijos menores de 9 meses pueden reducir su jornada en 30 minutos diarios, acumulables.
Reducción por Hijo Hospitalizado
- Si un trabajador tiene un hijo hospitalizado, puede reducir su jornada 2 horas diarias.
Ampliaciones de la Jornada
En el sector del campo, durante la época de recolección, la jornada puede ampliarse hasta 12 horas diarias y 60 semanales.
Horas Extraordinarias
Las horas extraordinarias se clasifican en:
- Por fuerza mayor: Cuando ocurre un imprevisto o emergencia en la empresa.
- Resto de horas: Aquellas que no tienen justificación de fuerza mayor. Estas se compensan con dinero o descanso y existe un tope de 80 horas al año. Este máximo no se aplica en contratos parciales ni en aquellos inferiores a un año.
Descanso Semanal
Generalmente, si se trabaja 5 días y medio a la semana, se cotizan 7 días. Los menores de 18 años tienen derecho a dos días de descanso semanal.
Permisos Laborales
Existen diversos permisos retribuidos regulados, aunque muchos casos específicos se detallan en los convenios colectivos:
- Matrimonio: 15 días.
- Cambio de domicilio: 1 día.
- Actuaciones ante la administración: Tiempo necesario.
- Fallecimiento de familiar: 2 días (4 días en caso de desplazamiento).
- Nacimiento de hijo: 2 días.
- Lactancia: 1 hora diaria de ausencia.
- Hijo hospitalizado: 1 hora de ausencia diaria.