Regulación y Requisitos de los Libros Registro Fiscales de IVA: Facturas y Bienes de Inversión

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Libro Registro de Facturas Emitidas

En este libro se registrarán todas las **facturas emitidas** numeradas. Se deben **anotar correlativamente por fechas**.

Se incluirán todas las operaciones: **sujetas**, **exentas** y los **autoconsumos**.

Anotaciones Globales de Facturas

Se pueden hacer anotaciones globales de facturas o documentos sustitutivos expedidos en la misma fecha siempre que reúnan los siguientes requisitos:

  • Que no sea preceptiva la **identificación del destinatario**.
  • Que las operaciones se hayan realizado dentro del **mismo mes natural**.
  • Que a las operaciones objeto del resumen les sea aplicable el **mismo tipo de IVA**.

Cuando la factura incluya operaciones con distintos tipos impositivos podrá dividirse en varios asientos correlativos.

Plazos de Anotación

Las operaciones deben estar anotadas cuando se realice la **liquidación y pago del impuesto** relativo a dichas operaciones y, en cualquier caso, antes de que finalice el plazo legal para realizar la referida liquidación y pago en **periodo voluntario**.

Cuando no se expida factura o se expidan documentos sustitutivos, deben anotarse en el plazo de **7 días** desde la realización de las operaciones o de la expedición de los documentos, siempre que este plazo venza antes que el mencionado en el párrafo anterior.

Libro Registro de Facturas Recibidas

En él se anotarán todas las **facturas recibidas** y los documentos sustitutivos correspondientes a los bienes y servicios adquiridos, numeradas correlativamente por **orden de recepción**.

Asiento Resumen Global

Si las facturas tienen un importe individual inferior a **500 €** podrá hacerse un asiento resumen global de las recibidas en la misma fecha, siempre que el importe de todas ellas no supere los **6.000 €**, IVA no incluido.

Una factura se podrá registrar en varios asientos correlativos cuando incluya operaciones a las que resulten aplicables distintos tipos de IVA.

Deducción y Periodo de Liquidación

Deben anotarse los documentos por el orden en que se reciban, y dentro del **periodo de liquidación** en que proceda efectuar su **deducción**.

Libro Registro de Bienes de Inversión

Son **bienes de inversión** los bienes corporales, muebles o inmuebles que estén destinados a su utilización por un periodo de tiempo **superior a un año**, como instrumentos de trabajo, y cuyo valor sea superior a **3.005,06 €**.

Excepciones de Registro

En este libro se anotarán las adquisiciones de estos bienes, a excepción de:

  • Accesorios y piezas de recambio.
  • Reparaciones de otros bienes de inversión.
  • Envases y embalajes.
  • Ropas de personal.

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